Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Definición y principios del sistema tributario


Actualizado: 8 abril, 2014 (hace 10 años)

Un sistema tributario es el conjunto de impuestos establecidos por la Administración Pública, cuyo fin principal es la obtención de ingresos para el sostenimiento del Gasto Público, es decir, el cubrimiento de las necesidades de la sociedad en general.

Este sistema, de acuerdo con la Constitución Política Colombiana debe seguir los siguientes principios:

  • Equidad: este principio hace referencia a que todos los individuos deben contribuir con el Estado de acuerdo a su capacidad de pago; es decir, que el Estado colombiano puede ejercer su capacidad impositiva, sin realizar cobros arbitrarios a los contribuyentes, esto es, que cada individuo pueda responder a dicha imposición de acuerdo con los ingresos que percibe.
  • Eficiencia: este principio señala que un impuesto es eficiente si con él es posible recaudar grandes cantidades de recursos  en tanto que  los costos en los que se debe incurrir para su efectivo recaudo son bajos. Desde otra perspectiva, este principio también hace referencia  a la oportunidad con que el impuesto se recauda, es decir, que su aplicación debe hacerse en el momento es que sea más fácil el pago para el contribuyente.
  •  Progresividad: este principio indica que la carga tributaria debe distribuirse entre los contribuyentes dependiendo de su capacidad de pago, es decir quien más tiene, más paga; el principio de progresividad, en términos generales y en adición al principio de Equidad, pretende reducir algunas de  las diferencias inherentes entre los aportantes de mayor capacidad contributiva y los de menor capacidad; así pues se pretende que un contribuyente de altos ingresos liquide en términos relativos, más impuestos que uno de bajos ingresos; un ejemplo de impuestos progresivos en Colombia es el Impuesto de Renta y Complementarios.
  • No retroactividad: nos indica que los impuestos son aplicados a partir del momento de entrada en vigencia de la ley o decreto que le dio origen o que le implementó una modificación al mismo, y no desde fechas anteriores.

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