Para las dos demandantes el literal a) del artículo 3° de la Ley 1429 del 2010, transgrede los artículos 2, 13 y 25 de la Constitución Política.
Dos ciudadanas radicaron una acción de inconstitucionalidad para que se declare inexequible la expresión “creadas por jóvenes menores de 28 años”, contenida en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1429 del 2010, la cual establece incentivos para la formalización empresarial y focalización de programas de desarrollo empresarial, por transgredir los artículos 2, 13 y 25 de la Constitución Política.
Según las demandantes, se trata de una disposición excluyente para los que, a pesar de contar con empresas en las etapas iniciales de formalización y capacitación, tienen actualmente más de 28 años, sin que haya justificación constitucional que lo permita.
“Es evidente que el legislador hizo uso del parámetro de la edad como un criterio restrictivo, el cual se estima como sospechoso”, dice el escrito.
Fuente: Corte Constitucional.