La Corte Constitucional admitió una nueva demanda contra el Estatuto Tributario.
En esta oportunidad, la demanda es contra los artículos 257 y su parágrafo; 258, numerales 1°, 2° y 3°; 364, numeral 3°, inciso 3°, parágrafo 3°, y 364, numerales 5° y 9° del parágrafo 2°, parágrafos 4° y 5°, reformados por la Ley 1819 del 2016, por vulnerar, presuntamente, los artículos 15, 29, 83, 210, 338 y 363 de la Constitución.
Estos artículos regulan el descuento por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen tributario especial –RTE–, sus limitaciones y exclusiones, así como el registro ante la agencia presidencial de cooperación internacional.
A juicio de los accionantes, estas disposiciones contrarían el principio de equidad tributaria, la buena fe y el derecho al buen nombre, en consideración a las presunciones que consagra. De forma especial, sobre las donaciones, los demandantes sostienen que existe una diferenciación injustificada entre las que realicen las calificadas en el régimen especial y las que realicen las entidades del artículo 125. Así las cosas, solicitan la expulsión del ordenamiento jurídico de estas disposiciones.
Fuente: Corte Constitucional.