Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Derecho de retracto: un beneficio para compras bajo mecanismos no tradicionales


Derecho de retracto: un beneficio para compras bajo mecanismos no tradicionales
Actualizado: 18 agosto, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Tenga en cuenta...
  • ¿Para qué no aplica?
  • Retracto de compra efectuada por método no tradicional
  • ¿Qué es una compra por método no tradicional?
  • Devolución del dinero sin descuento alguno

Según la Sentencia 4594 del 25 de agosto del 2016 de la Superindustria, si un consumidor hace uso del derecho de retracto el proveedor no podrá negarse ni condicionar la devolución y tendrá que devolver el dinero sin ningún tipo de descuento o retención sin exceder 30 días calendario.

Mediante el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, las personas pueden cambiar un producto si no han quedado completamente satisfechas luego de haberlo adquirido. Con el derecho al retracto, el cliente puede devolver lo comprado en un plazo de cinco días y exigir la devolución del dinero.

Tenga en cuenta…

  • Acuda directamente a la empresa o proveedor y solicite que le hagan la devolución de su dinero.
  • Cuenta con cinco días hábiles luego de recibir el bien para presentar la solicitud y debe entregarlo en las mismas condiciones que lo recibió. La persona debe comunicarse con el vendedor y expresarle su voluntad de retractarse de la compra.
  • El dinero le debe ser devuelto máximo en 30 días luego de haber presentado la devolución.
  • Lo anterior aplica para ventas por catálogos, internet, financiación, televisión o métodos no tradicionales.

¿Para qué no aplica?

Este derecho no aplica en todas las relaciones de consumo. Algunas excepciones son: compra de bienes transados en la bolsa de valores, productos perecederos, bienes de uso personal e íntimo, bienes hechos a la medida, apuestas y loterías, entre otros.

Retracto de compra efectuada por método no tradicional

Según el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, en todos los contratos de venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de (5) díasse entenderá pactado el derecho de retracto por parte del consumidor.

Cuando se utilice el derecho al retracto, se resolverá el contrato y se tendrá que reintegrar el dinero que el consumidor ha pagado y el consumidor deberá devolver el producto, al productor o proveedor, por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió.

Respecto a los costos que se generen por concepto de transporte y demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.

¿Qué es una compra por método no tradicional?

El numeral 15 del artículo 5° de la Ley 1480 del 2011, señala que existen ventas de bienes y servicios que se realizan mediante unos métodos no tradicionales o a distancia; a saber:

  • La venta se celebra sin que el consumidor la haya buscado, tales como las que se hacen en el lugar de residencia del consumidor o por fuera del establecimiento de comercio.
  • Las ventas realizadas sin que el consumidor tenga contacto directo con el producto que adquiere, que se dan por medios tales como correo, teléfono, catálogo.
  • Por comercio electrónico, a través de mensaje de datos o de cualquier otro medio similar. Por ejemplo: para hacer operaciones comerciales de suministro o intercambio de bienes o servicios, acuerdos de distribución, operaciones de representación o mandato comercial, operaciones financieras, bursátiles y de seguros.

Devolución del dinero sin descuento alguno

“el proveedor deberá devolverle el dinero al consumidor sin ningún tipo de descuento o retención, y sin exceder 30 días calendario”

Según la Sentencia 4594 del 25 de agosto de 2016, de la Superindustria, el proveedor deberá devolverle el dinero al consumidor sin ningún tipo de descuento o retención, y sin exceder 30 días calendario.

De acuerdo a la entidad, el proveedor no puede negarse, guardar silencio, condicionar la devolución del dinero o presionar al consumidor para aceptar un bien diferente al inicialmente adquirido, ya que la única acción procedente, una vez ejercido el derecho, es la devolución del dinero cancelado a título de precio mediante la venta a distancia o financiada.

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