Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

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Actualizado: 20 mayo, 2016 (hace 8 años)

Son numerosas las novedades que cada año inciden en la correcta elaboración y presentación de la declaración de renta de personas naturales y sucesiones ilíquidas, razón por la cual el presente análisis se enfoca en la presentación y resumen de sus novedades normativas; considerando que este año se dará aplicación por primera vez a los múltiples e importantes cambios que la Ley 1739 de diciembre 23 del 2014 efectuó a varios de los aspectos sustantivos del impuesto de renta.

En el caso particular de la preparación de esta declaración y su complementario de ganancia ocasional, se dará aplicación por primera vez a los múltiples e importantes cambios que la Ley 1739 de diciembre 23 del 2014 efectuó a varios de los aspectos sustantivos del impuesto de renta. Así por ejemplo, el artículo 25 de esta norma agregó el parágrafo 2 al artículo 10 del ET, estableciendo nuevos requisitos con los cuales una persona natural de nacionalidad colombiana, que inicialmente sería considerada residente ante el Gobierno colombiano, podría pasar a ser considerada como no residente.

Así mismo, el artículo 26 de la ley agregó el parágrafo 4 al artículo 206 del ET para convertir en norma con fuerza de ley lo que en la práctica se permitía con la simple instrucción de los formularios de declaraciones de renta diseñados por la DIAN, a saber, que los empleados por servicios también pueden restar en la depuración ordinaria del impuesto de renta el beneficio al que se refiere el numeral 10 de dicho artículo 206, es decir, que pueden restar como renta exenta hasta el 25% de sus ingresos netos por prestación de servicios.

Este nuevo parágrafo estableció la restricción de que los empleados por servicios solo podrían utilizar las mismas deducciones que se permiten a los empleados por salarios.

Sin embargo dicha restricción fue declarada inexequible posteriormente con la Sentencia C-668 de octubre 28 del 2015 y, por tanto, no tiene aplicación ni en el ejercicio fiscal 2015 ni en ningún ejercicio fiscal posterior.

Por último, se debe destacar que los artículos 33 y 34 de la Ley 1739 del 2014 modificaron los artículos 334 y 336 del ET los cuales contienen los requisitos para que los empleados y los trabajadores por cuenta propia puedan optar por presentar la declaración anual de renta con el sistema denominado impuesto mínimo alternativo simple –IMAS–.

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