Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Desconocimiento del principio de celeridad con seguridad


Aprendimos de nuestros maestros que una característica del derecho mercantil, que rige las principales relaciones económicas, es la de “celeridad con seguridad”. Aunque se ha olvidado mucho este axioma, lo cierto es que otras ramas del derecho, concretamente el derecho fiscal o tributario, están complicando mucho el tráfico jurídico.

La obsesión por evitar el fraude ha llevado a poner los ojos en la factura, como lo hemos mencionado con anterioridad. Claro está que, si todos tuviésemos que llevar contabilidad y documentar nuestras operaciones, las posibilidades se reducirían en un gran porcentaje. Ya no veríamos montones de recibos o facturas desechadas en el mismo sitio en el cual se expiden.

Esta semana hicimos un pago en la oficina que expide pasaportes del Ministerio de Relaciones Exteriores. No dan recibo. El Estado debería dar ejemplo y resolver lo que significa imponer procedimientos que no sean expedidos en sitios de tan gran afluencia como el mencionado. Si el procedimiento fuese de fácil cumplimiento, todos podríamos expedir un recibo o factura y no habría tantos documentos equivalentes ni excepciones.

¿Para qué expedir factura cuando se otorga una escritura pública? En este y en otros casos similares parece que ello es innecesario, porque en esos documentos pueden hacerse constar todos los datos necesarios. Igual pensamos que sucede con muchos contratos.

Sabido es que muchas trampas están asociadas a mediciones engañosas. ¿De qué manera la factura combate esta práctica? De ninguna, pues las partes así pueden convenirlo. Esa ha sido, ni más ni menos, la clásica trampa en la venta de inmuebles, para burlar los diferentes impuestos, principalmente el de ganancia ocasional.

La legislación debe ser comprendida por todas las personas, y debe estar a su alcance cumplirla. No puede suceder, como anota el presidente de Colpensiones, que se necesite ser un experto financiero para tomar adecuadas decisiones en materia de pensiones. Es una locura pensar que habrá que facturar el pago a cada empleado.

Los controles siempre han tenido la inclinación a burocratizar, a hacer los trámites más lentos. Cada paso se convierte en una oportunidad de corrupción. Por eso se ha planteado que los controles deben ser invisibles, de manera que no estorben y que tampoco puedan ser fácilmente identificados y esquivados.

Mientras la responsabilidad por la debida documentación no recaiga específicamente en los controlantes, dueños y administradores, estos seguirán dando órdenes o adoptando procedimientos irregulares, que serán ejecutados por otros. Hay que focalizarnos en quienes tienen el poder, en lugar de fijarnos tanto en los operadores, que a veces no pueden dilucidar sus propias acciones. Hoy, como ayer, la contabilidad puede servirnos de control.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 4282, abril 22 de 2019

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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