Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Descuento de pagos en exceso


Ficha técnica:

  • Duración: 32:32
Actualizado: 25 mayo, 2015 (hace 9 años)

Sobre esta conferencia…

En concordancia con la Corte Suprema de Justicia, en la sentencia 39980 de 2013, el reembolso o reintegro de las sumas pagadas en exceso sin que el trabajador tenga derecho a ellas, por salarios o prestaciones, no constituye una deducción que necesite de autorización de descuento, en correspondencia con lo dispuesto en sentencia CSJ Laboral, 3 de septiembre de 2002 rad. 17740, en la que se puntualizó:

“(…) De otra parte el reembolso de salarios pagados en exceso no constituye deducción que requiera los permisos que habla la censura. Así lo sostuvo la Corte en sentencia de 28 de febrero de 1995, radicada con el No. 7232 donde en lo esencial se dijo:

“Por regla general al llegar a la fecha de pago del sueldo el trabajador que únicamente haya laborado parte del período respectivo solo tiene derecho a la remuneración del tiempo trabajado. Por tanto el empleador que del total de la asignación deduce la parte proporcional a los días en que el trabajador dejó de prestar el servicio no está haciendo retención salarial alguna. Sería absurdo suponer que la ley impone al empleador la obligación de obtener autorización expresa y específica del trabajador para dejar de pagarle salarios no devengados””.

Sobre el conferencista…

Alexander Coral Ramos, abogado, experto en Derecho Laboral, seguridad social y Derecho Comercial con dos posgrados, Especialista en Derecho Constitucional y en Derecho Administrativo. Docente en pregrado y posgrado en varias universidades del país. Conferencista del portal actualicese.co

Autor de las publicaciones “Guía Avanzada de Derecho Laboral y Seguridad Social”, “Impacto de las Sentencias de la Corte Constitucional en el mundo laboral colombiano”, “Régimen de Propiedad Horizontal” y centenares de Editoriales y artículos sobre Derecho Laboral y Seguridad Social en Revistas Universitarias, Cámara de Comercio de Cali y Periódicos Regionales.

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