Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Para efectos de la declaración de renta de personas naturales por el AG 2020, el artículo 254 del ET contempla tomar como descuento tributario el valor de los impuestos pagados en el exterior.
Para la procedencia de este descuento, el contribuyente deberá aportar ciertos documentos que prueben el pago.