Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Descuentos al salario cuando trabajadores se ausentan por decisión del empleador


Descuentos al salario cuando trabajadores se ausentan por decisión del empleador
Actualizado: 10 junio, 2019 (hace 5 años)

Los descuentos sobre el salario de un trabajador deben contar con su expreso consentimiento. En los eventos en los que el empleado deba ausentarse de sus labores por responsabilidad del empleador, no puede haber lugar a descuentos en su salario, dado que esta situación es ajena a su voluntad.

A continuación le damos respuesta a una inquietud planteada por un usuario: Si un empleador envía a sus trabajadores a casa cuando estos cumplen las labores asignadas en menos tiempo del estipulado, ¿dicho empleador puede descontar del salario de los trabajadores las horas no laboradas?

En primera instancia, debe tenerse en cuenta que un empleador no puede realizar descuentos al salario de sus trabajadores sin su previo consentimiento (artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo), a excepción de los que se realicen por aportes a salud y pensión, y cuando el trabajador por devengar más de cuatro salarios mínimos deba contribuir al fondo de solidaridad pensional.

Frente al caso de estudio en concreto, bajo ninguna circunstancia el empleador puede descontar del salario de los trabajadores el tiempo faltante para cumplir con la jornada laboral en caso de que por su decisión deban marcharse a sus hogares antes de terminarla. Es decir, si al trabajador se le suministra un material y este se agota, si ya no hay demanda del servicio o si no tiene forma de ejecutar su labor, estas situaciones no son su responsabilidad y, por lo tanto, debe ser remunerado como si hubiese laborado plenamente, tal como se estableció a través del contrato de trabajo.

El panorama cambia cuando el trabajador, aun teniendo las herramientas necesarias para realizar la labor, se niega a hacerlo sin una justa causa. En ese caso, puede incluso darse por terminado el contrato. Sin embargo, y hasta que esto ocurra, el empleador debe cumplir con las obligaciones labores que contrajo con sus trabajadores.

En síntesis, si mediante el contrato de trabajo se pactó un horario laboral y una remuneración, el empleador tiene la obligación de cumplir y respetar dicho acuerdo, así como también debe hacerlo el trabajador.

Para profundizar en este tema consulte nuestros análisis Descuentos permitidos al salario y Situaciones en las que el empleador debe pagar salarios sin que exista prestación del servicio.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,