Respuesta de Juan David Maya la pregunta:
Algunos almacenes de cadena solicitan a la entidad que exhibe sus artículos en ellos que ofrezca descuentos sobre sus productos durante las actividades comerciales que realizan (como “trasnochones”, días de feria, etc.). ¿Estos conceptos pueden ser reconocidos como menor valor del ingreso?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales señala que, conforme a lo prescrito en la sección 13 de inventarios de los Estándares Internacionales para Pymes, los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición. Por tanto, y frente al caso en cuestión, los descuentos en campañas como “trasnochones” que realice un almacén de cadena constituyen un menor ingreso si adicional a ello la cadena pacta un descuento con su proveedor. Dicho descuento será menor valor del costo del inventario.