Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Descuentos tributarios: ¿se pueden fraccionar y aprovechar el exceso de este año en siguientes?


Actualizado: 19 noviembre, 2021 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Se puede fraccionar un descuento tributario y aprovechar su exceso en los años gravables siguientes? 

Pregunta resuelta 4 noviembre de 2021

El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, da a conocer si es posible fraccionar un descuento tributario y aprovechar su exceso en los años gravables siguientes, según lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 254 del Estatuto Tributario.

Complementa esta respuesta visitando nuestro formato Casos de descuentos tributarios vigentes en el año gravable 2021 .

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