Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Asociaciones gremiales no son contribuyentes del impuesto sobre la renta a partir del periodo gravable 2017


Actualizado: 7 junio, 2017 (hace 7 años)

A partir del periodo gravable 2017 las asociaciones gremiales no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y deberán presentar declaración de ingresos y patrimonio. Así lo ha confirmado la DIAN mediante el Concepto 6010 del 17 de marzo de 2017.

El artículo 19 del Estatuto Tributario, al ser modificado por el artículo 140 de la Ley 1819 del 2016, no incluyó a las asociaciones gremiales como contribuyentes del impuesto sobre la renta conforme al régimen tributario especial.

Por otra parte, el artículo 145 consagró entre las entidades señaladas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta declarantes de ingresos y patrimonio a las mencionadas asociaciones.

Por lo tanto, indica la DIAN que a partir del periodo gravable 2017 las asociaciones gremiales no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y deberán presentar declaración de ingresos y patrimonio.

Fuente: DIAN.

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