Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Desde octubre, personas que quieran cambiar de régimen pensional deberán recibir asesoría


Actualizado: 28 abril, 2016 (hace 8 años)

Durante el congreso de FIAP y Asofondos, el superintendente financiero Gerardo Hernández, dijo que debido a un trabajo del Ministerio de Hacienda se evidenció que entre el 5% y 20% de las personas que se trasladaban de un régimen pensional a otro lo estaban haciendo de manera acertada, el resto no por falta de asesoría.

Por tal motivo, la Superintendencia Financiera de Colombia emitió la Circular Externa 016 de 2016 cuyo objetivo es establecer el procedimiento que deberán tener en cuenta las Administradoras de Fondos de Pensiones y Colpensiones cuando reciban solicitudes de traslado entre regímenes pensionales.

Lo que establece esta medida es que se debe hacer un acompañamiento y asesoría a los afiliados de estas entidades teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada uno. El afiliado lo único que tiene que hacer para recibir esta asesoría es cumplir con las condiciones establecidas en el procedimiento y debe acercarse a su administradora o a la que quiera trasladarse y solicitar el acompañamiento.

La medida comenzará a operar desde 1 octubre de 2016. El Superintendente explicó que este procedimiento aplicará de manera prioritaria para la mujeres que al momento de solicitar el traslado tengan 42 o más años, y para los hombres que tengan 47 o más años de edad, por ser los afiliados cuyo derecho de traslado está próximo a cesar.

Además, desde enero de 2018 este procedimiento también aplicará para las mujeres de 37 años y los hombres de 42, desde octubre de 2018, aplicará a todos los afiliados sin importar su edad.

Fuente: Superfinanciera.

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