Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Despido de personal del servicio doméstico por cambio de residencia del contratante


Actualizado: 18 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta: 

¿El cambio de residencia de una persona natural es justa causa para el despido de una empleada del servicio doméstico debidamente contratada? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral cita el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo sobre las justas causas para dar por terminado un contrato, y señala que el trabajador puede hacerlo cuando el empleador le exija, sin razones válidas, la prestación de un servicio distinto a aquel para el cual fue contratado, o le pida prestarlo en lugares distintos a aquel o aquellos para los cuales se le contrató.

Así las cosas, se considera justa causa para dar por terminado un contrato el hecho de que un empleador, de forma intempestiva, cambie el lugar de trabajo del empleado. Conviene subrayar que si tal condición fue fijada en el contrato, por supuesto que el hecho no representa justa causa para darlo por terminado, dado que las partes conocían, de antemano, esta condición, y estuvieron de acuerdo con ella.

 

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