Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Despidos mientras se adelanta una negociación colectiva: ¿Qué hacer al respecto?


Despidos mientras se adelanta una negociación colectiva: ¿Qué hacer al respecto?
Actualizado: 8 septiembre, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Para tener en cuenta
  • Sobre el fuero circunstancial
  • El empleador debe tener en cuenta

La figura del fuero circunstancial tiene por finalidad reforzar la estabilidad laboral de los trabajadores, protegiéndoles el derecho de negociación colectiva. Los trabajadores no pueden ser despedidos sin autorización judicial ni justa causa en el transcurso de este tipo de negociación.

Contextualicemos este tema por medio de un ejemplo. Resulta que para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, el sindicato de una empresa determinada decidió presentar un pliego de peticiones. Sin embargo, mientras se estaban discutiendo los diversos puntos, varios trabajadores fueron despedidos de la empresa.

En estos casos y otros similares, se considera ilegal todo despido de trabajadores ya que estos cuentan con una garantía denominada fuero circunstancial.

“hay mecanismos que buscan el reintegro de los trabajadores, además de la orden al empleador para que, a título de sanción, pague las indemnizaciones correspondientes”

Para afrontar la anterior situación hay mecanismos que buscan el reintegro de los trabajadores, además de la orden al empleador para que, a título de sanción, pague las indemnizaciones correspondientes.

Para tener en cuenta

  • Si durante el tiempo en que se está adelantando una negociación colectiva algún trabajador es despedido sin justa causa se recomienda, como primera medida, solicitar por escrito o de manera verbal al empleador el reintegro inmediato al trabajo, o de ser el caso, el restablecimiento a las mismas condiciones.
  • Si a pesar de presentarse la solicitud anterior el empleador hace caso omiso, se puede acudir al inspector del trabajo para que este investigue la situación, y si es el caso, se inicie el procedimiento administrativo sancionatorio contra el empleador.
  • Si el empleado ha intentado solucionar el conflicto laboral sin obtener una respuesta favorable puede presentar una demanda ante el juez laboral del último lugar donde se haya prestado el servicio o del domicilio del demandado, es decir, del empleador. En el proceso se debe demostrar que el trabajador fue despedido en medio de una negociación colectiva, caso en el cual se ordenará su reintegro y se condenará al empleador a pagarle los salarios dejados de percibir a causa del despido.

Sobre el fuero circunstancial

El fuero circunstancial es una garantía que tiene por finalidad reforzar la estabilidad laboral de los trabajadores protegiéndoles el derecho de negociación colectiva, el cual es de origen constitucional. La garantía consiste en que los trabajadores no pueden ser despedidos sin autorización judicial y sin justa causa en el transcurso de una negociación colectiva.

Esta protección especial ampara a los trabajadores desde el momento en que se presenta el pliego de peticiones, hasta el instante en que se finalice la negociación de forma normal.

El despido de trabajadores que se haga en dicho contexto es ineficaz, es decir, no produce efectos jurídicos.

El trabajador debe presentar demanda de reintegro y, para dichos efectos, le bastará probar que el despido se dio en el marco de un proceso de negociación colectiva. La protección se extiende a todos los trabajadores, tanto a aquellos sindicalizados, como a los que no lo estén. Lo importante en este punto es que hayan presentado pliego de peticiones.

El trabajador amparado por fuero circunstancial puede ser sujeto de sanciones disciplinarias, de conformidad con el reglamento de la entidad.

El empleador debe tener en cuenta

El empleador que pretenda despedir a un trabajador con fuero sindical deberá pedir autorización al juez, probando la justa causa del despido, pero, además, que el despido se haya dado fuera de la negociación colectiva, antes o después de esta.

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