Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Puede utilizar un contribuyente la alternativa del artículo 73 del Estatuto Tributario si en la declaración del año gravable 2016 determinó el costo de su casa con la opción del artículo 70 del mismo estatuto en el año gravable 2017?
Resueltas junio 21 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que las normas señaladas en el artículo 70 y 73 del Estatuto Tributario, sirven para determinar el costo fiscal de la venta de bienes inmuebles de los contribuyentes.
Sin embargo, es muy importante precisar que si una persona natural al vender un bien inmueble utiliza la opción del artículo 73 del Estatuto Tributario para determinar el costo de venta fiscal en una declaración del año 2017, se requiere que por el año gravable 2016 se haya utilizado la misma opción.