Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Deudas con socios y accionistas en el balance de liquidación


Deudas con socios y accionistas en el balance de liquidación
Actualizado: 8 junio, 2016 (hace 8 años)

Cuando una entidad ingresa en un proceso de liquidación, la información financiera que prepara y presenta no se trata según todas las indicaciones del Estándar Internacional.

Resolvamos brevemente la siguiente consulta que nos comparte uno de nuestros usuarios: en una SAS en proceso de liquidación existen cuentas por pagar a socios, además de la pérdida generada en la operación; debido a que estas cuentas no se podrán pagar jamás, ¿qué ajuste se debe hacer contablemente para definir el balance de liquidación?

El balance de liquidación no se prepara utilizando todos los principios, conceptos y definiciones de la Norma Internacional de Información Financiera sino midiendo los activos y pasivos al valor neto de realización.

El usuario plantea que tiene unas cuentas por pagar a unos socios que realmente nunca se van a cancelar, lo cual realmente es muy probable porque dichos terceros están de últimos en el escalafón de prelación de pagos. Así pues, esas cuentas de socios que no se van a poder pagar, simplemente se dan de baja; se le pide al socio que firme una carta en la cual renuncie a dichos recursos a favor de la entidad, porque de todas formas no se van a poder pagar y con eso se pueden dar de baja.

Si algún socio se rehúsa a firmar dicho documento, habrá que conservar el pasivo y se irá ajustando según avance el proceso de liquidación. Al final, cuando se vendan todos los activos, se van a empezar a pagar los pasivos en el orden que la norma lo estipula según la política nacional de prelación de pagos, pero entonces probablemente queden algunos pasivos sin pagar y como ya no hay más recursos, se podrán dar de baja siempre que queden muy bien documentados por el liquidador.

En síntesis, si dichos recursos no podrán pagarse nunca, lo correcto será que la entidad incentive a los socios para que de alguna forma renuncien a dichos recursos; de lo contrario quedarán en los estados financieros, pero al final del proceso se darán de baja en el acta de liquidación final, pues los socios y accionistas son los últimos beneficiarios en un proceso de liquidación.

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