Dian emite concepto para resolver recursos contra sanciones a contadores y revisores
La Dian se refiere a cómo resuelve los recursos contra actos administrativos que imponen sanción de suspensión de la facultad para firmar declaraciones tributarias y certificar estados financieros.
La Dian, a través del Concepto 014083 de 2026, se pronunció sobre el término con el que cuenta la entidad para resolver los recursos contra actos administrativos que imponen la sanción de suspensión de la facultad para firmar declaraciones tributarias y certificar estados financieros.
La sanción está prevista en el art. 660 del ET y puede imponerse al contador, auditor o revisor fiscal que haya firmado declaraciones, certificados o pruebas cuando, a través de una providencia que agote la vía gubernativa, se determine un mayor impuesto a pagar o un menor saldo a favor superior a $11.866.000, debido a inexactitudes en los datos contables consignados en la declaración tributaria.
Esta sanción implica la suspensión de la facultad para firmar declaraciones tributarias, certificar estados financieros y suscribir otras pruebas ante la administración tributaria. La suspensión puede ser hasta de un año por primera vez, hasta de dos años en la segunda oportunidad y definitiva en la tercera.
La entidad recordó que la sanción se impone mediante resolución del administrador de impuestos respectivo y que contra ella procede recurso de apelación, el cual debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación.
La Dian precisa que el ET no contiene una norma especial que establezca el término para resolver este recurso. Por lo anterior, debe aplicarse el procedimiento administrativo general previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
En consecuencia, el recurso de apelación contra estos actos sancionatorios debe resolverse dentro del año siguiente a su interposición. Si la autoridad no decide dentro de ese plazo, se entenderá fallado a favor del recurrente por silencio administrativo positivo.
Suscríbete aquí al boletín ACTUALÍCESE, a nuestro canal X (antes Twitter) y @actualicesevideo en YouTube, y recibe todas las claves informativas de la actualidad tributaria y contable en Colombia.
Conoce nuestro canal de Tik Tok y navega en medio de videos para que despejes dudas y te superes a nivel profesional.
Para ver los últimos reels, historias, videos y carruseles con información relevante y útil de la profesión, ingresa ya y suscríbete a nuestro Instagram.
