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Dian expidió formulario 350 para declaración de retención en la fuente


Actualizado: 10 febrero, 2021 (hace 3 años)

El formulario eliminó los renglones para reportar retenciones a título del impuesto solidario COVID-19.

La Dian expidió la Resolución 000009 del 5 de febrero de 2021, a través de la cual prescribió el formulario 350 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2021 y siguientes.

Debido a que la Corte Constitucional, a través de la sentencia C-293 del 5 de agosto de 2020, declaró la inexequibilidad del impuesto solidario por el COVID-19, en el formulario se eliminan las casillas correspondientes a retenciones del impuesto solidario por el COVID-19 y aporte solidario voluntario por el coronavirus.

El formulario 350 será de uso obligatorio para quienes, por expresa disposición legal, estén definidos como agentes de retención, por concepto de los impuestos sobre la renta y complementario, IVA, timbre nacional y autorretención a título de impuesto sobre la renta y complementario del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.

De igual forma, para los responsables de efectuar la retención de la contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico, según el artículo 130 de la Ley 1955 de 2019.

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