Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dian fija tratamiento especial para el régimen aduanero


Actualizado: 18 noviembre, 2020 (hace 3 años)

El Gobierno nacional declaró a través del Decreto 1472, la existencia de una situación de desastre en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, luego del paso del huracán Iota.

La medida tendrá un término de 12 meses, prorrogables hasta por un período igual. El decreto establece que tanto las entidades nacionales como del departamento darán aplicación al régimen normativo especial para situaciones de desastre y calamidad pública.

Con respecto al régimen aduanero, se establece que la Dian podrá autorizar, sin trámite previo alguno, la entrega directa al importador de determinadas mercancías que así lo requieran, «bien sea por que ingresen como auxilio para damnificados de catástrofes o siniestros, por su especial naturaleza o porque respondan a la satisfacción de una necesidad apremiante».

El decreto también contempla que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres procederá a elaborar, con base en el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, un plan de acción específico para el manejo de la situación de desastre en las islas por el huracán Iota.

La norma también establece que se debe contar con la coordinación de las acciones del sistema por parte de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres con el respectivo Consejo Departamental de Gestión del Riesgo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como mantener clara y oportuna información pública del desarrollo del plan.

Igualmente, se establece que se deben activar las redes de comunicaciones que sean necesarias y las acciones pertinentes de logística y donaciones nacionales e internacionales.

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