Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dian invita a normalizar activos no declarados o excluir pasivos inexistentes


Actualizado: 25 agosto, 2017 (hace 7 años)

A la fecha, más de 8.100 contribuyentes han normalizado activos por cerca de $11.3 billones. El plazo máximo para declarar dichos activos o excluir pasivos inexistentes será el próximo 31 de diciembre de 2017.

La Dian hizo un nuevo llamado a los contribuyentes que aún no se han acogido a los beneficios del impuesto complementario de normalización tributaria, causado por la posesión de activos omitidos o la inclusión de pasivos inexistentes al 1 de enero de los años 2015, 2016 y 2017.

Esta posibilidad, incluida por la reforma tributaria de 2014, permite a los contribuyentes pagar una tarifa del 13 % sobre el valor patrimonial de los activos omitidos o de los pasivos inexistentes, más la sanción de extemporaneidad, sumando a estos valores los intereses de mora causados al momento de liquidar y pagar el impuesto complementario de normalización tributaria.

Los activos omitidos que podrán ser declarados serán aquellos que no fueron incluidos en las declaraciones de impuestos, tales como: bienes inmuebles, inversiones, maquinaria, equipo, vehículos, derechos, dinero en efectivo, saldos en cuentas corrientes o de ahorro, CDT, acciones, etc. Mientras que los pasivos inexistentes son aquellos que se incluyeron en la declaración de renta con el único fin de disminuir su patrimonio y la carga tributaria a cargo del contribuyente.

Fuente: Dian.

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