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Exógena 2015 se reportará con otros 2 prevalidadores adicionales


Exógena 2015 se reportará con otros 2 prevalidadores adicionales
Actualizado: 12 abril, 2016 (hace 8 años)

El 5 de abril del 2016 la DIAN publicó otros 2 prevalidadores tributarios con los cuales se podrán elaborar los reportes del año gravable 2015 exigidos a los municipios y departamentos de Colombia e igualmente el reporte exigido a la Sociedad Administradora del Depósito Central de Valores –DECEVAL–.

Tal como lo habíamos previsto en un editorial reciente, la DIAN publicó el 5 de abril del 2016 2 prevalidadores tributarios más, con los cuales se puedan elaborar los otros 4 formatos especiales de la información exógena tributaria del año gravable 2015 que se habían solicitado a través de la Resolución 220 de octubre del 2014 y que corren por cuenta de la Sociedad Administradora del Depósito Central de Valores –DECEVAL– y de todas las alcaldías, distritos especiales y gobernaciones de Colombia.

“En total son 6 los prevalidadores tributarios que se utlizarán para los reportes del año gravable 2015, la mayoría de los cuales deberán entregarse entre el 19 de abril y el 1 de junio del 2016”

Con los primeros 4 prevalidadores tributarios que la DIAN había publicado el 18 de marzo del 2016, solo se pueden elaborar 58 de los 62 formatos del año gravable 2015 que en total se solicitaron a través de la Resolución 220 del 2014. Por tanto, con los 2 nuevos prevalidadores tributarios que se publicaron el 5 de abril se podrán elaborar los otros 4 formatos que no se podían elaborar con ninguno de los primeros 4 prevalidadores publicados.

En total son 6 los prevalidadores tributarios que se utlizarán para los reportes del año gravable 2015, la mayoría de los cuales deberán entregarse entre el 19 de abril y el 1 de junio del 2016. A continuación destacamos los 4 formatos que se podrán elaborar con los 2 nuevos prevalidadores publicados el 5 de abril del 2016.

Prevalidador tributario para DECEVAL

Este prevalidador especial se obtiene desde el siguiente enlace:
http://www.dian.gov.co/descargas/prevalidador/2016/Prevalidador_DECEVAL_2016_v1.0.exe

Una vez se descarga e instala, el pantallazo inicial de dicho prevalidador luce de la siguiente forma:

DIAN publicó 2 prevalidadores tributarios más para los reportes de exógena del año gravable 2015

Al examinar el menú principal de dicho prevalidador se comprueba entonces que el mismo solo servirá para elaborar y/o validar el formato 2273 v.1, el cual será utilizado por la Sociedad Administradora del Depósito Central de Valores –DECEVAL– para reportar las operaciones hechas con los títulos valores que se administraron durante el 2015 en dicho depósito (ver artículo 631-3 del ET y el artículo 8 de la Resolución 220 del 2014). En ese formato se utilizarán 40 diferentes columnas para diligenciar cada uno de los registros que quedarán contenidos en el mismo.

Prevalidador tributario para gobernaciones y alcaldías

Este prevalidador especial se obtiene desde el siguiente enlace:

http://www.dian.gov.co/descargas/prevalidador/2016/Prevalidador_GobernacionesyAlcaldias_2016_v1.0.exe

Una vez se descarga e instala, el pantallazo inicial de dicho prevalidador luce de la siguiente forma:

DIAN publicó 2 prevalidadores tributarios más para los reportes de exógena del año gravable 2015

Al examinar el menú principal de dicho prevalidador se comprueba entonces que el mismo solo servirá para elaborar y/o validar los siguientes 3 formatos solicitados en virtud de lo establecido en el artículo 631-3 del ET y el artículo 30 de la Resolución 220 del 2014, los cuales corren por cuenta de todas las alcaldías, distritos especiales y gobernaciones de Colombia:

Formato 1476 v.9, el cual será utilizado por todos los municipios de Colombia para reportar el detalle de las declaraciones del impuesto predial que recaudaron durante el 2015.

Formato 1480 v.9, el cual será utilizado por todos los departamentos de Colombia para reportar el detalle de las declaraciones del impuesto de vehículos que recaudaron durante el 2015.

Formato 1481 v.9, el cual será utilizado por todos los municipios de Colombia para reportar el detalle de las declaraciones del impuesto de Industria y Comercio del año gravable 2015, el cual apenas estarán recibiendo durante abril y mayo del 2016. Para este reporte se les concede plazo especial hasta junio 30 del 2016.

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