Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Días por mes que se toman para calcular la sanción por extemporaneidad


Actualizado: 25 septiembre, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

Para efectos de calcular la sanción por extemporaneidad, ¿se debe asumir que todos los meses son de 30 días o dicho cálculo se debe realizar conforme a lo realmente establecido en un calendario?

Resueltas septiembre 13 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, explica que para dar respuesta a la consulta se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 641 del Estatuto Tributario, disposición que hace referencia al cálculo de la sanción por extemporaneidad.

En ese sentido se precisa que si por ejemplo la declaración se vencía el 15 de octubre de un determinado año, al 15 de noviembre del mismo año, se debe contar un mes, sin importar cuántos días exactos hayan trascurrido.

También es muy importante tener presente que el valor a pagar por las sanciones tributarias puede ser reducido en los términos del artículo 640 del Estatuto Tributario.

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