Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dictamen del Revisor Fiscal por corrección de errores de períodos anteriores


Actualizado: 18 mayo, 2016 (hace 8 años)

Cuando se prepara información financiera, se está sujeto a cometer errores y a que estos sean detectados en el futuro; al presentarse tal situación, no necesariamente tiene que reemitirse el dictamen del revisor fiscal.

Al encontrarse un hecho ocurrido después del cierre, se debe evaluar si se tiene ya la autorización para la emisión de estados financieros. Si la respuesta es afirmativa, ese hecho ha ocurrido después del cierre y por tanto se puede convertir en evidencia sobre errores de información del año anterior.

Veamos un ejemplo

En marzo del 2016, cuando ya se emitieron y publicaron los estados financieros, se detecta un error del 2015 en relación a la existencia de un activo depreciado en exceso, o que por el contrario hizo falta la causación de depreciación y el efecto de este error es significativo. La norma dice en la Sección 10 del Estándar Internacional para Pymes, la cual aborda el tema de corrección de errores, que debe hacerse una regresión al año al que pertenece el error y realizar la corrección reexpresando las cifras de ese año.

Aunque algunos piensan que hay que regresar a hacer una corrección de los libros de contabilidad de ese período, corregir el dictamen y volver a enviar los estados financieros, la solicitud del Estándar Internacional es diferente: lo que la entidad tiene que hacer es reexpresar la información del año comparativo anterior, o de los años que sea necesario por la temporalidad de la corrección, pero sin volver a abrir libros, ni mucho menos reexpidiendo una nueva versión del informe del revisor fiscal.

En síntesis, cuando se detecten errores materiales de períodos anteriores, la empresa deberá corregir la cifra puntal en los siguientes estados financieros comparativos, agregando además una nota con la explicación detallada de lo que se reexpresó y las razones de la corrección.

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