Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

“Diferencias entre declaraciones de renta y estados financieros deben explicarse a la Dian”


Ficha técnica:

  • Duración: 18:46
Actualizado: 18 julio, 2018 (hace 6 años)

En esta conferencia, Juan Fernando Mejía expone los motivos por los cuales se origina el impuesto diferido y a su vez menciona una serie de normas que soportan que los faltantes o sobrantes de activos o pasivos; el devengo por ingresos y las ficciones fiscales no dan lugar a impuesto diferido. 

El impuesto diferido se origina de acuerdo a las diferencias temporarias que se identifican en la conciliación de saldos contables y fiscales de activos y pasivos. De acuerdo con lo mencionado por Juan Fernando Mejía, antes de incursionar en el reconocimiento del impuesto diferido, se deben atender las diferencias contables y fiscales que no generan impuestos diferidos como lo son: 

Con base en esto, se puede decir que los impuestos diferidos se generan en ajustes por las estimaciones que realizó la entidad basándose en los Estándares Internacionales, las cuales si bien no se aceptan fiscalmente, no son sujeto de ningún tipo de sanción; situación que es diferente a casos como el reconocimiento de activos omitidos, pasivos inexistentes y otras diferencias que debieron normalizarse y dado que generan un impuesto inmediato y no diferido, dan lugar a sanción. 

*Si desea continuar su formación en este tema, puede acceder a la conferencia completa 12 casos de impuestos diferidos-aplicación práctica parte 1/2  en nuestra plataforma de actualización permanente –PAP–. 

Juan Fernando Mejía

Contador Público de la Universidad de Antioquia, Certificado IFRS por ACCA. Participó en los primeros estudios oficiales realizados en Colombia para IFRS y en la publicación del Proyecto de Ley 165 de 2007 que originó la Ley 1314 de 2009. Asesor de la implementación de los IFRS en Home Center (2008) y consultor de otras entidades multinacionales que llevaron a cabo este proceso antes de la emisión de la Ley de convergencia en Colombia. Ex Consultor de la Contaduría General de la Nación (2003 a 2013). Se ha destacado como docente de la Especialización en Contabilidad Financiera Internacional de diferentes universidades colombianas, de la Maestría en Contabilidad y Finanzas de la Universidad del Azuay en Ecuador y del Máster en Gestión Empresarial de la Universidad Complutense de Madrid (España).  Se ha desempeñado como asesor de la implementación IFRS importantes compañías, entre las que se encuentran Seguros del Estado, Equidad Seguros, Hyundai, Mitsubishi Electronics, Pat Primo, Mac Pollo, Pollos el Bucanero, Grupo transportador envía e importantes cajas de compensación familiar y entidades públicas.

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