Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dificultades en la presentación del reporte de información exógena para los contribuyentes del SIMPLE


Dificultades en la presentación del reporte de información exógena para los contribuyentes del SIMPLE
Actualizado: 5 mayo, 2020 (hace 4 años)

Entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, las personas jurídicas y naturales, no calificadas como grandes contribuyentes, deberán enviar el reporte de información exógena por el AG 2019.

Para los contribuyentes del SIMPLE pueden presentarse dificultades al momento de cumplir con esta obligación.

En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese, explica cuáles son las dificultades que podrán enfrentar los contribuyentes del régimen simple al momento de entregar el reporte de información exógena por el año gravable 2019. Veamos:

De acuerdo con lo expresado por nuestro investigador, los contribuyentes que hayan optado por trasladarse al régimen simple por el 2019 (ver nuestra guía Listado de contribuyentes inscritos en el régimen simple con corte a septiembre 30 de 2019) tendrán la obligación de cumplir con el reporte de exógena por el año gravable 2019. Así lo confirmó la Resolución 000008 de 2020, al indicar que entre los obligados a entregar el formato 1004 v. 7, relacionado con los valores que dieron lugar a la solicitud de descuentos tributarios, se encuentran los contribuyentes del SIMPLE.

Por tanto, los empleadores pertenecientes a este régimen tendrán la obligación de reportar los descuentos tributarios por aportes al sistema general de pensiones de que trata el parágrafo 4 del artículo 903 del Estatuto Tributario –ET– (ver nuestro editorial Contribuyentes del SIMPLE obligados a entregar reporte de exógena).

Sin embargo, es necesario considerar que una de las dificultades a las que se enfrentarán este tipo de contribuyentes es que deberán elaborar primero la declaración anual consolidada del SIMPLE (la cual debe ser presentada entre el 22 y 28 de octubre de 2020) para poder realizar el reporte de información exógena, el cual deberá ser presentado entre el 1 de junio y 1 de julio del año en curso, según los dos últimos dígitos del NIT registrados en el RUT.

Recuerde que en nuestra guía Categorías de informantes de exógena por el año gravable 2019 y los formatos que deben usar puede consultar en detalle la clasificación de los obligados a reportar la información exógena, así como los formatos que deberán emplear.

Además, desde Actualícese hemos preparado una cartilla práctica en la cual podrá estudiar a profundidad todos los aspectos necesarios para realizar el reporte de información exógena por el año gravable 2019. Consúltela en 10 pasos para la elaboración y reporte de información exógena.

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