Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Disfrute de la licencia por luto por muerte de la compañera permanente


Actualizado: 13 noviembre, 2017 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si estoy casado y a la vez tengo una compañera permanente que muere, ¿tengo derecho a que la empresa me otorgue la licencia por luto?

Natalia Jaimes Lúquez, abogada, especialista en derecho laboral e investigadora adjunta del equipo de Actualícese, señala que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar el numeral 10 del artículo 57 del Código sustantivo de trabajo, el cual fue adicionado mediante la Ley 1280 de 2009.

Ahora bien, para el caso en mención se aclara que si el empleado tiene su esposa y a su vez tiene compañera permanente y la última fallece, también le aplica la licencia por luto, para lo cual tendrá que presentar los documentos que acrediten tal situación.

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