Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Diversos cambios que se han presentado para pertenecer al Grupo 1 de NIIF Plenas


Diversos cambios que se han presentado para pertenecer al Grupo 1 de NIIF Plenas
Actualizado: 7 mayo, 2014 (hace 10 años)

Emisores de valores, entidades de interés público y entidades con más de 200 empleados o con activos superiores a $30.000 salarios mínimos hacen parte de este grupo.

En diciembre 27 del 2013 se emitió el Decreto 3024 el cual trata especialmente sobre los requisitos para pertenecer al Grupo 1.

En primer término se ubica a los “Emisores de valores”, es decir, aquellas entidades que tienen sus valores inscritos y que se cotizan en bolsa, por ejemplo el caso de bonos y demás.

En segundo lugar están las “Entidades de interés público”, donde se ubican las entidades bancarias, entidades aseguradoras, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, aseguradoras, bolsas de valores, depósitos centralizados de valores, fondos de pensiones obligatorias, y muchos mas.

Y por último, además de los dos anteriores, se encuentra un tercer grupo, entidades con más de 200 empleados o con activos superiores a $30.000 salarios mínimos, que para el año 2012 sería $17.001.000.000. Cualquiera de las dos situaciones antes mencionadas, pero adicionalmente cualquiera de los siguientes tres conceptos (son cuatro pero se resumen en tres):

  • Realizar importaciones o exportaciones superiores al 50% del total de sus compras o ventas, respectivamente.
  • Si la entidad es una subordinada, es la matriz o la sucursal de una compañía extranjera o nacional, y dicha entidad aplica NIIF Plenas, es decir, si la casa matriz aplica NIIF Plenas, aplicará NIIF Plenas. Si la subsidiaria aplica NIIF Plenas la matriz también lo hará. Si es una sucursal de sociedad extranjera y la casa matriz aplica NIIF Plenas ella también aplicará.
  • La casa matriz puede ser una asociada, es decir, donde hay una influencia significativa, normalmente más del 20%, o un negocio conjunto, en este caso un control conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF Plenas. En otras palabras, si la casa matriz aplica NIIF Plenas, si tiene una asociada y aplica NIIF Plenas (en el exterior) o tiene un negocio conjunto con una entidad en el exterior o con varias entidades y esas entidades aplican NIIF Plenas usted también aplicará NIIF Plenas.

Hay que recordar que además de los puntos anteriores, también debe cumplir con el requisito de tener más de 200 empleados y activos superiores a 30 mil salarios mínimos.

Por lo tanto, una entidad con menos de 200 empleados, menos de $30.000 salarios mínimos en activos y adicionalmente siendo importadora no importa el tope, puede aplicar NIIF para Pymes sin problema, esto es importante tenerlo claro.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,