Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dividendos por pagar como pasivos no corrientes


Actualizado: 24 abril, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Juan David Maya la pregunta:

¿Es posible reclasificar al pasivo no corriente los dividendos por pagar si estos se han acumulado durante varios años y la entidad que debe distribuirlos no los ha pagado?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales señala que los pasivos de largo plazo son aquellos cuyo pago se efectúa en un período superior al ciclo corriente de la entidad. Si vencido el término para cancelar la obligación esta no se realiza, la entidad debe realizar la reclasificación de los pasivos de largo plazo a pasivos de corto plazo, porque quien tiene derecho a exigir el pago puede hacerlo en cualquier momento.

Frente al caso en cuestión expresa que, una vez decretada la distribución de dividendos, estos deben ser entregados a los socios dentro del año siguiente a la fecha en la que se decreten (ver artículo 156 del Código de Comercio), y por tanto constituyen un pasivo exigible.

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