Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dotación: 10 respuestas clave


Actualizado: 11 abril, 2016 (hace 8 años)

¿Tiene claro cuándo y a quiénes se les debe entregar la dotación? ¿Sabe cómo se debe hacer? Tenga en cuenta que la dotación nunca puede ser entregada en dinero. A continuación se encuentra un listado de 10 preguntas clave con las respuestas más relevantes sobre el tema.

Si con el aumento del salario mínimo un trabajador devenga menos de 2 smmlv, ¿se le debe dar la dotación?, ¿desde qué momento?

Si ante un cambio de salario el trabajador percibe un salario igual o inferior a 2 salarios mínimos, el empleador se encuentra en la obligación de entregarle la dotación en los términos que indica el artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo. Dicho derecho se configura desde el primer día del año.

¿Cuál es el monto a pagar por concepto de dotación? Si además el empleador decide dar un auxilio voluntario para vestido, ¿cómo se determina el valor?

Es importante recordar que resulta imposible determinar una cuantía mínima para el pago de la dotación, toda vez que esta no se entrega en dinero sino en especie; de tal manera, su valor varía según los elementos a entregar necesarios por el trabajador para el cumplimiento de sus funciones. Ahora bien, cuando el trabajador decide voluntariamente dar un auxilio a su trabajador como ayuda de vestido, sí puede entregarlo en dinero; dicho monto es meramente potestativo.

¿La obligación de entregar la dotación al trabajador prescribe?, ¿la dotación no entregada se debe incluir en la liquidación del contrato?

Es importante recordar que la dotación no es un elemento constitutivo de salario, sino que de conformidad con el CST es una obligación especial a cargo del empleador, la cual debe ser entregada en especie y nunca en dinero. Ahora bien, al finalizar el contrato resulta ilógico entregar una dotación toda vez que el trabajador no la necesita; para realizar su pago en dinero es necesario que exista una orden judicial previa.

Un trabajador que devenga un salario inferior a 2 smmlv, el cual, más el auxilio de transporte, el bono extra legal y las horas extras supera dicho monto, ¿tiene derecho a la dotación?

La norma indica que tiene derecho a percibir la dotación quien devengue 2 salarios mínimos o menos; en caso de los salarios variables es importante promediar los últimos 4 meses para determinar si el trabajador tiene derecho o no. Finalmente es importante recordar que entre los elementos constitutivos del salario no se encuentran el auxilio de transporte ni los bonos extralegales entregados a voluntad del empleador.

Si un trabajador devenga menos de 2 smmlv y su empleador no le entrega la dotación, ¿qué medidas puede tomar?

Cuando el empleador incumpla con la entrega de la dotación, el trabajador queda facultado para renunciar con justa causa imputable a su empleador bajo el argumento del incumplimiento de las obligaciones especiales de este; otra medida es informar sobre dicha irregularidad al Inspector de Trabajo para que tome los correctivos necesarios. Finalmente, el trabajador también puede optar por demandar ante un juez laboral el reconocimiento monetario de la dotación cuando finalice el contrato de trabajo.

¿Las personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios que devenguen menos de 2 smmlv tienen derecho a la dotación?

Los únicos que tienen derecho a recibir la dotación son aquellos vinculados mediante contrato individual de trabajo que cumplan los requisitos del artículo 230 del CST; de tal manera, las personas contratadas bajo la modalidad de prestación de servicios no tienen derecho.

En el sector salud, ¿cuál es el tipo de dotación que debe ser entregada a los trabajadores?

El artículo 230 del CST indica que todo empleador debe entregar a su trabajador, que cumpla los requisitos para recibir la dotación, un vestido de labor, es decir, que la prestación especial entregada debe ser la adecuada para que el trabajador realice sus funciones.

¿Puede la empresa vincular a un trabajador y no entregarle la dotación por haberse pasado la fecha de entrega de la misma?

La norma indica que la entrega de la dotación se debe realizar como mínimo en tres períodos en el año; ahora bien, si para la fecha de la entrega se tiene un trabajador nuevo, este también tiene derecho, siempre y cuando haya cumplido 3 meses de labores.

Un empleado que devenga un ingreso mensual inferior a 2 smmlv, el cual cumple funciones de oficina y por lo tanto no emplea un uniforme específico, ¿tiene derecho a la dotación cuatrimestral?

Para el pago de la dotación únicamente se debe tener en cuenta que el trabajador devengue un salario igual o inferior a 2 salarios mínimos, indistintamente de su cargo. Lo anterior significa que sin importar si el trabajador tiene funciones operarias o de oficina tiene derecho a la dotación.

Si un trabajador laboró un mes y se retiró, ¿el empleador puede descontarle el valor de la dotación?

Es importante recordar que el empleador únicamente se encuentra obligado a entregar la dotación a su trabajador si este devenga un salario igual o inferior a 2 salarios mínimos y si para el momento de la entrega tiene 3 meses o más de estar laborando. Cuando el empleador a voluntad entregó la dotación antes de cumplirse este término, puede solicitarla de regreso, toda vez que su finalidad no es enriquecer el patrimonio del empleado, sino una ayuda para el cumplimiento de funciones.

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