Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dotación en empleados con salario mayor a 2 s.m.m.l.v.


Dotación en empleados con salario mayor a 2 s.m.m.l.v.
Actualizado: 28 abril, 2009 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Dotación. ¡El salario determina esta obligación!
  • Es ilegal cobrarle al trabajador la Dotación, así gane más de 2 s.m.m.l.v.
  • Cobro de Dotación disfrazado en la nómina
  • Si la Dotación se daña, ¿la debe comprar el trabajador?
  • Si daña la Dotación por despistado o dolosamente, sería la excepción.

Si bien la norma establece la obligación de entregar dotación a los trabajadores que ganen hasta 2 s.m.m.l.v., hay empresas que también le dan dotación a los que ganan sumas superiores. En estos casos, ¿es legal que se les cobre parte de la dotación a dichos trabajadores?

Dotación. ¡El salario determina esta obligación!

Como ya está claro, si el trabajador devenga hasta 2 s.m.m.l.v. en el mes, tiene derecho a la Dotación, vestido y calzado para labores. (Hasta $ 993.800/mes en 2009).

Para los trabajadores que devenguen sumas superiores a los 2 s.m.m.l.v. mensualmente, es voluntario que el empleador entregue la dotación.

Es ilegal cobrarle al trabajador la Dotación, así gane más de 2 s.m.m.l.v.

Si bien hay empleadores que quieren que todos sus trabajadores estén uniformados, por imagen institucional, así el trabajador gane más de 2 s.m.m.l.v. nunca el empleador puede cobrar dicha dotación por este motivo. Ni siquiera puede cobrar parte de dicha dotación.

Por eso es que nuestro Líder de Investigación Legal, el Dr. Alexander Coral insiste con vehemencia que cualquier clase de dotación está sujeta a la devolución por parte del trabajador en el momento que termina el contrato si el empleador la solicita.

Cobro de Dotación disfrazado en la nómina

Queda claro que el empleador no puede cobrar la Dotación al trabajador, así no esté obligado a dársela por ganar más de 2 salarios mínimos, si el empleador decide darla a ese trabajador, no puede por ningún medio jurídico cobrarse, “ni siquiera en módicas sumas de cien pesos quincenales”.

Si la Dotación se daña, ¿la debe comprar el trabajador?

No. La Dotación es precisamente para eso, para usarla en las labores diarias del trabajo y si esa labor diaria significa subir y bajar gradas, caminar, agacharse, cargar, etc. es normal que se rompa, se manche, la suela del calzado se desgaste, por lo que si esto pasa antes que llegue la fecha para la nueva entrega, pues el empleador debe darle otra Dotación sin cobrársela al trabajador.

Si daña la Dotación por despistado o dolosamente, sería la excepción.

Cosa distinta es cuando por ejemplo el trabajador, que sea personal administrativo y a pesar de la advertencia de no entrar a ciertas zonas de la empresa por ser zonas de pinturas o calientes, por ejemplo, he ingresa contrariando dicha orden y termina untando la Dotación de pintura.

Otro ejemplo sería cuando al trabajador se le entrega el uniforme y calzado, pero al medio día o terminada la jornada de la tarde, se reúne con los compañeros a jugar “Microfutbol” o “banquitas” y rompe el uniforme y daña el calzado de Dotación.

Pues en estos casos, no sólo debe de su bolsillo comprar un nuevo uniforme, sino que además el empleador se puede negar a darle Dotación en la siguiente fecha de entrega, sin contar que de acuerdo a la gravedad, se podría llegar al despido por indebida utilización de los elementos de la empresa.

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