Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DUR de Normas Internacionales fue modificado


DUR de Normas Internacionales fue modificado
Actualizado: 7 enero, 2016 (hace 8 años)

El Decreto Único Reglamentario –DUR– de Normas Internacionales de Información Financiera y Normas de Aseguramiento de la Información 2420, expedido el 14 de diciembre del 2015, fue modificado por el Decreto Reglamentario 2496, expedido el 23 de diciembre del mismo año.

El Decreto Reglamentario 2496, expedido el 23 de diciembre del 2015, modifica el Decreto 2420 del 2015 –Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información– y se dictan otras disposiciones. Cabe señalar que el primero había sido expedido a solo menos de 10 días, en el tiempo en que los profesionales emprendían el entendimiento del Decreto Unificado. El nuevo  decreto contiene más de 1.100 páginas, en las que se ajusta el contenido del Decreto 2420.

Se destaca que el objetivo emprendido durante todo el 2015 por parte del Gobierno es unificar los reglamentos en cada materia, a fin de facilitar el estudio y confirmación de vigencia de las reglas por medio de los decretos unificados, tales como el Decreto 1072 del 2015 –Decreto Único Reglamentario Sector Trabajo– y el Decreto 1074 del 2015 –Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo–, entre otros.

Ahora bien, si el objetivo principal es unificar, es contradictorio que a menos de 10 días de la expedición del decreto unificador se expida una nueva normatividad para modificarlo. No obstante, es importante para los profesionales contables conocer el contenido del decreto modificador y resaltar los puntos más importantes que fueron abordados en el Decreto 2496.

Con el Decreto 2420, expedido el 14 de diciembre del 2015, se pretendió unificar los decretos reglamentarios de la Ley 1314 del 2009.

“se adiciona el anexo 1.1, el cual afecta directamente el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1”

El Decreto 2496, modificatorio del Decreto 2420, consta de 1193 páginas, las cuales se encuentran divididas así: las primeras 10 páginas contienen los 11 artículos que determinan de manera general los cambios modificatorios que se deben introducir en el Decreto 2420 del 2015; en las siguientes se adiciona el anexo 1.1, el cual afecta directamente el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1.

A continuación se realiza una breve descripción de las modificaciones y adiciones implementadas por medio del Decreto 2496 del 2015 al Decreto Unificado 2420.

Artículo del Decreto 2496 del 2015

Modificación o adición al Decreto Unificado 2420 del 2015

Página del Decreto 2496 del 2015

Página del Decreto 2420 del 2015

Asunto

1

Se adiciona el inciso segundo al artículo 1.1.4.2.1

6

15

Definición de las normas técnicas especiales por parte de la Superintendencia Financiera

2

Se adiciona el Capítulo 4 al Título 4, de la Parte 1, del Libro 1

6

15

Cronograma aplicable a los preparadores de información financiera del Grupo 2, que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud y Cajas de Compensación Familiar

3

Se adicionan los Capítulos 5 y 6 al Título 4, de la Parte 1, del Libro 1

7

15

Normas de información financiera aplicables a los preparadores de información financiera del Grupo 2, que conforman el Sector Solidario

4

Se modifica el artículo 1.2.1.2

9

15

Aseguramiento de la información

5

El artículo 1.2.1

9

Opinión del Revisor Fiscal

6

Se modifica el artículo 1.2.1.8

9

Aplicación de normas NIA, las NITR, ISAE o las NISR

7

Se adiciona la Parte 2 al Libro 2

10

19

Notas explicativas

8

Se incorpora en la sección de anexos el 1.1

10

1112

Marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1

9

Se incorpora en la sección de anexos el 1

10

20

Marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 2

10

Se adiciona el numeral 4 al artículo 2.1.1

11

1340

Derogatorias

11

Se modifica el numeral 2 del artículo 2.1 del Libro 2, de la Parte 1

11

17

Vigencias

Se adicionan los siguientes numerales al artículo 2.1.2

Anexo 1.1

Se adiciona

13

1112

Marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1

Principales cambios

Uno de los principales cambios que se introdujo con el Decreto 2496 del 2015, es el cronograma de aplicación para los preparadores de información del Grupo 2 que conforman el sistema general de seguridad social en salud –SGSSS– y las cajas de compensación, teniendo en cuenta que se establece como primer período de aplicación el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2017.

Otra de las modificaciones a resaltar es que se fija el tratamiento de los aportes sociales para las entidades de naturaleza solidaria, el cual se regirá por lo previsto en la Ley 79 de 1988.

Por otra parte, el decreto indica que los revisores fiscales que presten sus servicios a entidades del Grupo 1 y 2 que con base en el promedio de los 12 meses correspondientes al año anterior al período objeto de revisión tengan más de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes de activos o más de 200 trabajadores, aplicarán las NIA contenidas en el anexo 4 del Decreto 2420 del 2015 a partir del 1 de enero del 2016, y las ISAE desde la misma fecha en el caso de las entidades del Grupo 1 que sean emisoras de valores o entidades de interés público. Las restantes lo harán a partir del 1 de enero del 2017, siendo importante resaltar la claridad sobre el inicio de sus labores, es decir que aquellos que iniciaron el programa de revisión financiera en el 2015 no están obligados a aplicar el marco técnico internacional de auditoría.

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