Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Efectos tributarios de reinvertir el excedente fiscal de una fundación


Actualizado: 24 abril, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

 ¿Qué efecto tributario tiene, para una fundación, reinvertir el excedente fiscal de los años 2014, 2015 y 2016? 

Resueltas 19 de abril del 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que una fundación podía generar excedentes contables y fiscales. Pese a ello, los únicos que se podrían restar como exentos son los generados como excedentes contables.

Ahora bien, lo restado como exento podría buscarse en el excedente contable después de impuestos, puntualmente en la cuenta de excedentes acumulados. Por otro lado, se menciona que la ejecución de excedentes anteriores forma un gasto no deducible en la declaración de renta

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