Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El ABC del Contrato de Aprendizaje


El ABC del Contrato de Aprendizaje
Actualizado: 5 abril, 2011 (hace 13 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es?
  • ¿Cómo se solicitan los aprendices del SENA?
  • ¿Qué empresas están obligadas a contratar aprendices?
  • ¿Qué empresas están exoneradas de contratar aprendices?
  • ¿Qué beneficios se tienen se tienen como empresario si se patrocinan aprendices discapacitados?
  • Proporciones
  • ¿Qué horario debe cumplir el aprendiz en la empresa?
  • Deberes de la empresa cuando el aprendiz es estudiante universitario
  • Si la empresa no quiere contratar aprendices, ¿qué otra opción tiene?
  • ¿Cuándo podrá suspenderse temporalmente el contrato de aprendizaje?

Una forma más, y alternativa, con la que cuentan los empresarios a la hora de vincular empleados. No afecta los actuales contratos de trabajo y las empresas que la tengan presente, contarán con beneficios.

¿Qué es?

El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.

¿Cómo se solicitan los aprendices del SENA?

En la herramienta http://caprendizaje.sena.edu.co, todos los empresarios obligados a cumplir con cuota de aprendices deberpan buscar, citar, entrevistar, contratar y registrar los contratos de aprendizaje para el cumplimiento de su cuota regulada.

¿Qué empresas están obligadas a contratar aprendices?

Se encuentran obligados todos los empleadores de carácter privado que desarrollen cualquier tipo de actividad económica diferente de la construcción; así como las empresas Industriales y Comerciales del Estado que ocupen un número de trabajadores no inferior a 15. Las empresas entre 1 y 14 trabajadores podrán tener hasta el 50% de los empleados en aprendices voluntarios.

¿Qué empresas están exoneradas de contratar aprendices?

Las empresas que ocupen un número inferior a 15 trabajadores. También las entidades públicas distintas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional, departamental, distrital y municipal. De igual manera, las empresas dedicadas a la industria de la construcción y las CTA’s donde el número de trabajadores sin incluir a los socios sea igual o superior a 15 trabajadores, entre otras entidades.

¿Qué beneficios se tienen se tienen como empresario si se patrocinan aprendices discapacitados?

Las empresas que opten por patrocinar aprendices con una discapacidad superior al 25%, por cada contrato de aprendizaje que suscriba y ejecute, se reducirá en otro aprendiz la cuota de aprendizaje asignada al empleador, hasta alcanzar una disminución máxima en la cuotra de aprendices del 50%.

Proporciones

+ Empresas entre 1 y 14 empleados podrán vincular desde 1 aprendiz hasta un número equivalente al 50% del total de empleados en la respectiva empresa.

+ Empresas entre 15 y 50 empleados podrán vincular un número de aprendices equivalente, máximo, al 40% del total de empleados en la respectiva empresa.

+ Empresas entre los 51 y 200 empleados podrán vincular un número de aprendices que no supere el equivalente al 30% del total de empleados en la respectiva empresa.

+ Empresas con más de 200 empleados podrán vincular tantos aprendices como el equivalente al 20% del número total de empleados de la respectiva empresa.

¿Qué horario debe cumplir el aprendiz en la empresa?

En la etapa práctica, el aprendiz dedicará hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el aprendiz. Cuando el aprendiz recibe educación en la aulas no se desplazará a las instalaciones de la empresa.

Deberes de la empresa cuando el aprendiz es estudiante universitario

La empresa patrocinadora deberá cancelar al aprendiz un apoyo sostenible mensual que no podrá ser inferior al 100% del SMMLV y deberá cubrirlo por el Sistema de Seguridad Social en Salud y afiliarlo al Sistema de Riesgos Porfesionales por la Administradora de Riesgos Profesionales, ARP, que cubre la empresa patrocinadora.

Si la empresa no quiere contratar aprendices, ¿qué otra opción tiene?

Podrá monetizar parcial o totalmente la cuota de aprendices.

¿Cuándo podrá suspenderse temporalmente el contrato de aprendizaje?

Se puede suspender en los siguientes casos: licencia de maternidad; incapacidades debidamente certificadas; caso fortuito o fuerza mayor; vacaciones por parte del empleador, siempre y cuando el aprendiz se encuentre desarrollando la etapa práctica.

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