Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El caso HSBC cuarta y última parte – Luis Alberto Penagos M.


En esta cuarta y última parte quiero comentarles que el documento proveniente del Senado de los Estados Unidos de la PERMANENT SUBCOMMITTEE ON INVESTIGATIONS Committee on Homeland Security and Governmental Affairs Carl Levin, ChairmanTom Coburn, Ranking Minority Member o  comisión  de la verdad  que estudió el caso y finalmente publicó sus conclusiones en  346 páginas en ingles, en las cuatro entregas les traduje lo más relevante, espero que la traducción haya sido la más fiel y acertada para que mis lectores no pierdan el hilo de este apasionante  caso que inquieta a toda la comunidad de investigadores de crímenes financieros, como quiera que   mi interés fue darles a conocer un caso obviamente muy resumido yo  solo pretendo que todos aquellos estudiosos de estos temas que quieran  investigar  a mas profundidad poderles facilitar el documento en su idioma original.

El subcomité de Investigaciones concluyó este caso de la siguiente manera:Les recuerdo que la Supervisión de OCC a UHN se encuentra dentro del Distrito Noreste de la OCC que actualmente está dirigida por el  Subcontralor Toney Bland. El examinador encargado de la OCC para  UHN fue Anthony DiLorenzo desde 2004 hasta 2008, cuando su mandato expiró, y fue reemplazado por Sally Belshaw. La Sra. Belshaw sirvió en el cargo de examinador de  UHN  hasta diciembre de 2010, fecha en la que  fue promovida a SubContralor de Gran Supervisión.

La OCC ha sido el principal regulador de  UHN desde julio de 2004, cuando heredó la supervisión de un banco ya estaban sujetos a una acción legal formal para fortalecer su régimen  del programa ALD. UHN fue criticado a veces por malos controles ALD para  la última década, pero hasta el año 2010, la OCC no tomó ninguna acción legal para obligar al banco a poner en práctica un programa efectivo de ALD.

Obsérvese que el Banco  UHN trae una  herencia de un problema ALD. En los últimos 30 años, UHN, a través de su banco predecesor, ha cambiado sus estatutos tres veces, el cambio de supervisión  entre OCC y la Reserva Federal  en 1980, 1993, 2004 ; la  primera interrupción tuvo lugar en 1980, cuando adquirió HSBC 51% de control sobre Marine Midland Bank en Nueva York. Marine Midland Bank era entonces un banco State chartered, un miembro del Sistema de la Reserva Federal, y está sujeto a la supervisión tanto de la New York State Banking Department y la Reserva Federal.

En 1987, HSBC había asumido el control del 100% del banco. Marine Midland cambió de nuevo a un banco estatal, establecido en Nueva York sujeto a Supervisión de la Reserva Federal. Después de su primer examen, la Reserva Federal elevó su rating.

En 2003, tanto la Reserva Federal y el Departamento Bancario del Estado de Nueva York citaron a UHN para persuadirlo de mantener un adecuado programa ALD frente a los  Reguladores, debido a los amplios problemas, incluida la vigilancia ineficaz de las  transferencias inalámbricas e instrumentos monetarios, la falta de mantenimiento de registros y la ineficaz presentación de informes de la  transacciones en moneda, medidas de diligencia debida y adecuada diligencia debida más profunda, y la falta de reportar actividades sospechosas.

La Reserva Federal señaló que las deficiencias identificadas en ALD  no se habían corregido, que la administración del banco fue más reactiva que proactiva  con respecto a su programa ALD, y que la función de cumplimiento tenía una falta de influencia  para  corregir los problemas. El 30 de abril de 2003, ambos reguladores entraron en  acuerdo formal con el banco que le obligaba a «actualizar y mejorar» su régimen ALD  de controles internos.

El desarrollo de un programa de cumplimiento requiere:

  • Un sistema eficaz y metodología relacionada con las actividades de vigilancia,
  • Un sistema de evaluación de las operaciones sospechosas,
  • Un programa de debida diligencia del cliente , y
  • El desarrollo y la aplicación de las evaluaciones de riesgo adecuadas.

El 22 de marzo de 2004, mientras ajustaba sus programas de ALD, UHN anunció su intención de buscar una vez más una carta del banco nacional de la OCC. El 1 de julio, 2004, tras la adquisición de Republic Bank Delaware, UHN ha cambiado su carta por tercera vez y otra vez se convirtió en un banco sujeto a la supervisión nacional de la OCC. Como condición para la aprobación de su nueva Carta Nacional, UHN se comprometió a cumplir con las disposiciones del acuerdo de 2003 que exige mejoras de ALD. UHN, por lo tanto, comenzó su carrera con el funcionamiento OCC en virtud de un acuerdo que le exige abordar una serie de deficiencias de ALD.

La OCC produjo su primer Reporte del Examen (ROE) para UHN menos de un año después del acuerdo, la  Reserva Federal del  Banco de Nueva York  conjuntamente con el Departamento de Bancos del Estado de Nueva York. El ROE cubrió  exámenes desde la fecha del acuerdo en el 2003 hasta  el 31 de marzo de 2005. Señaló que la primera materia que requiere la atención del banco es su obligación de aplicar los requisitos de ALD estipulados en el acuerdo de 2003 y llegó a la conclusión de que el banco había hecho progresos significativos. El ROE declaró que  UHN ya desarrolló un escrito de Lucha contra el Lavado de Dinero, es decir, un programa ALD, incluyendo un sistema de controles internos y creó un Grupo de Supervisión ALD y control responsable del mantenimiento de todas las políticas y procedimientos ALD, identificando banderas rojas y el establecimiento de criterios de monitoreo de transacciones, expresaba que el banco había implementado controles que establecen un control eficaz de las diversas transacciones a través de todos los departamentos del banco, tanto para los no clientes y clientes,  diseñados para identificar actividades sospechosas inusuales y / o sospechosas, expresaba que UHN tenía » capacidades mejoradas de monitoreo a través del Cliente Activity Monitoring Program (CAMP) del sistema.

El ROE también declaró que UHN estableció un «programa escrito de Debida Diligencia del Cliente», que incluye los procedimientos para «garantizar la identificación y comunicación oportuna, precisa y completa de todos los clientes  conocidos y desconocidos y de las  presuntas violaciones de la ley en contra de o en relación con el banco, a la policía y las autoridades de supervisión. Dijo que UHN también había «creado criterios de calificación de riesgo para identificar las categorías de clientes cuyas operaciones y actividades bancarias suponen un mayor riesgo de lavado de dinero y otras actividades ilícitas. «Se observó que el banco opera una oficina de investigación y control de informes y un Grupo de Inteligencia Financiera para llevar a cabo la debida diligencia mejorada. El ROE llegó a la conclusión: Los inspectores de la OCC examinaron el cumplimiento del acuerdo y encontraron que  el banco estaba listo  para cumplir con los requisitos técnicos, dijo que la terminación del acuerdo formal sería considerado después de los exámenes específicos  de ALD  fijado en zonas de alto riesgo en el banco. Hasta principios de 2006, la OCC completó siete examinadores ALD para realizar  exámenes en UHN. Los exámenes fueron practicados en múltiples departamentos con mayores  actividades de riesgo, incluyendo Banca Embajada, Billetes Globales, Banca Corresponsal de Asuntos Exteriores, transferencias electrónicas, y Banca Privada Internacional. Cada uno de los exámenes identificaba significativas deficiencias de ALD. Los problemas incluían el incumplimiento de las políticas del banco ALD (4 de 7 exámenes), los procedimientos de vigilancia débiles (5 de 7), la debilidad de los procedimientos de debida diligencia (5 de 7), inadecuadas políticas escritas que requieren revisión (6 de 7), y el personal no entrenado (5 de 7). Por ejemplo, el examen del departamento “ Billetes Global”  encontró que la información del cliente no tenía un número de archivos y que un gran  número de clientes de “billetes glob al”   del banco no estaban siendo controlados en absoluto.

Dada la amplitud y profundidad de los problemas descritos en el ALD del acuerdo firmado en el  2003  parece que el  tiempo fue  relativamente corto para que el banco pudiera  corregir sus deficiencias en el ALD, sin embargo  las declaraciones positivas que el ROE extendió  fueron sorprendentes. Pero  el examen de las operaciones del banco de “ transferencias bancarias”  descubrió que la vigilancia de esta operación se está llevando a cabo en forma manual en lugar de forma automática, y se identifico una cuenta de fideicomiso que tenía una cantidad significativa de las actividades de “ transferencias in alám b ricas”  en un corto período de tiempo y participan  transferencias a entidades y / o individuos de zonas geográficas de alto riesgo, no habían sido objeto de ningún monitoreo, y cuyo titular de la cuenta no ha recibido una diligencia debida más profunda. El examen del departamento de Banca Embajada ha  encontrado más de una docena de casos de actividad sospechosa que implica una cuenta  embajada por más de ocho meses, sin embargo, el banco no había podido cerrar la cuenta, a pesar de la   política que requiere el cierre en UHN. The International Examen Private Bank ha encontrado 540 cuentas de alto riesgo que necesitan revisiones anuales que aún no habían podido  ser completados, exámenes de cuentas cuyas conclusiones no fueron apoyadas, y alto riesgo las cuentas de acciones al portador, cuyas acciones no estaban bajo control de los bancos y que plantea un riesgo de que el banco no estaba al tanto de la verdadera cuenta de sus  propietarios. Cuando se ve en conjunto, los exámenes identifican problemas sistémicos ALD, una situación consistente con la acción de cumplimiento ALD extensamente instituido por la Reserva Federal y el Departamento de Bancos de Nueva York. Muchos de los problemas citados en los exámenes de OCC, incluyendo las deficiencias de diligencia debida sobre el cliente y el seguimiento, fueron características destacadas del acuerdo del 2003. En respuesta a los hallazgos de la exploración ALD, el examinador a cargo de la OCC, envió cartas de supervisión que, en conjunto, identificó los asuntos que requerían  atención, 30 Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM) que requieren una acción correctiva por parte de  HSBC. A pesar de la emisión de más de esos 30 ARM  en poco más de 12 meses, el 6 de febrero de 2006, la OCC determinó que la condición del acuerdo ALD había sido fallido  y puso fin al acuerdo.

Las deficiencias de ALD  continuaban, el 26 de julio de 2006, la OCC proporciono  otro Informe anual sobre UHN, un examen que cubre el período que va hasta el 31 de marzo 2006. «Durante el año, hemos identificado una serie de áreas que carecen de  adherencia constante y vigilante a las políticas  ALD y la gestión provista de cartas de supervisión que abordan áreas específicas que necesitan fortalecimiento. Refrenda que las políticas del Banco son aceptables y  respondió positivamente y ha iniciado medidas para corregir las deficiencias y mejorar la conformidad con la política del banco. Vamos a validar las acciones correctivas en el ciclo del  siguiente examen. En la sección titulada «Asuntos que requieren la atención», incluido el ROE y asuntos ALD como un ARM, pero este mensaje siempre fue  contradictorio  sobre el verdadero estado del programa ALD del UHN.

Más adelante en el informe, en la sección que trata del banco «Calificación de Cumplimiento del Consumidor», el ROE declaró que UHN tenía «un programa satisfactorio de cumplimiento de conozca a su cliente» que sus controles fueron generalmente eficaces, y » no se observaron violaciones a la ley » También dijo: «Sin embargo, cada examen resultó en acuerdos de reconocimiento mutuo (ARM), por lo general la falta de adhesión a las políticas y procedimientos internos…. Este patrón se repite  y aparece como un asunto que requiere atención en este Informe del Examen.

El ROE también criticó a un grupo interno dedicado a las pruebas de ALD; Seis años de deficiencias en el ALD; una presentación de  OCC proporciona una «Retrospectiva ALD (2001-2011)» incluye una tabla demostrando que, desde enero de 2005 a marzo de  2010, la OCC emitió 85 asuntos relacionados con el programa ALD  “ Que requieren la atención del Consejo de Administración de UHN”, Un experimentado examinador le dijo a la OCC y a la  Subcomisión de Senado: «Pensé que lo había visto todo sobre riesgos, pero en  HSBC fue la peor situación que jamás había visto»

Esto demuestra que los exámenes revelaron en varias ocasiones los problemas críticos de ALD a través de las unidades de negocio UHN, muchas de las cuales ofrecen productos de alto riesgo, tenía clientes de alto riesgo, o participan en actividades de alto riesgo vulnerables al lavado de dinero y financiamiento del terrorismo; 21 de los exámenes identificaron problemas con los sistemas de seguimiento del Banco de ALD, incluyendo transferencias bancarias, la bolsa, la banca extranjera corresponsal, nacional e internacional,  banca privada, banca minorista, tarjetas de crédito, banca Embajada, banca billetes,  otros activos y las operaciones de administración. Medidas de diligencia debida inadecuada y la información del cliente es identificado  igualmente  en múltiples líneas de negocio y servicios. El incumplimiento de la política del banco fue otro problema común. La falta de personal y capacitación ALD también fueron repetidamente identificados, así como las deficiencias en revisiones internas de cumplimiento ALD. Más tarde, las debilidades en Liderazgo ALD del banco también fueron identificados. Cuando los examinadores ALD se les permitió realizar un análisis más amplio del programa ALD, identificaron adicionalmente problemas fundamentales relacionados con los retrasos, la evaluación inadecuada de país y riesgo del cliente, favorecieron tratamiento de las filiales de HSBC y muchas lagunas masivas en vigilancia.

Durante más de seis años, desde julio de 2004 hasta abril de 2010, a pesar de compilar una larga lista de Deficiencias en el programa de  ALD, nunca la OCC citó a UHN por una violación de la ley, nunca dio un aviso formal o recomendaciones informales a los encargados de hacer cumplir la acción, y se volvió a emitir órdenes de cesar y desistir del objetivo de problemas ALD particularmente graves, a pesar  que los mismos problemas  surgieron una y otra vez. El fracaso de la OCC para obligar a  UHN a remediar las deficiencias de ALD repetidamente identificadas por sus inspectores durante un período de seis años indica que las deficiencias sistémicas en el programa ALD es un modelo que requiere de corrección, pero la Oficina del Contralor de la Moneda (OCC) no lo requirió así.

El fracaso de la OCC durante seis años de tomar medidas para la corrección de los  problemas en el programa de ALD del banco UHN permitió que los problemas se agravaran  y empeoraran.

Estas son las  Cinco claves de las  debilidades en la supervisión OCC que contribuyo a dichos fracasos:

(1) el tratamiento de deficiencias en el programa ALD como una cuestión de cumplimiento de los consumidores en lugar de un problema de gestión del banco,

(2) restringió innecesariamente citas de violaciones del programa ALD,

(3) la tolerancia permanente  con los corresponsales que siempre terminaron en acuerdos de reconocimiento mutuo (ARM)

(4) no hacer un mejor uso de medidas coercitivas formales e informales en vista de los continuos problemas de ALD, y

(5) la emisión de Cartas de supervisión que a veces lo que hacían era No comunicar con precisión los problemas de ALD identificadas en los exámenes.

Siendo la OCC el único regulador bancario federal, esta  ha interpretado y dado  tratamiento de deficiencias a los programas  ALD del banco UHN como una cuestión de cumplimiento del consumidor fuera del verdadero  contexto de las consideraciones de seguridad de un banco y su solidez. Este enfoque plantea al menos tres preocupaciones. En primer lugar, la combinación de preocupaciones de los consumidores de cumplimiento ALD que debilita y confunde al consumidor en su calificación. Las cuestiones de cumplimiento ALD no están relacionadas con la protección del consumidor y las leyes de derechos civiles y no debe tener influencia o impacto en la calificación de un banco de consumo de cumplimiento. El cumplimiento del  Sistema de Clasificación del consumidor para especificar cómo se supone que la calificación debe calcularse y lo que se supone que significa.

En segundo lugar, no mantener un programa efectivo de ALD es más bien visto como una gestión de cuestiones que deben contribuir a la calificación de un banco de gestión de riesgos y, en última instancia, la calificación compuesta del banco. Las Agencias Bancarias Federales han acordado, por ejemplo, que un banco con un «2» de calificación gestión significa que «los riesgos significativos y los problemas son efectivamente identificados, medidos, monitoreados y controlados por la administración del banco” . En el caso del UHN, la OCC terminó bajando su calificación de cumplimiento en el 2010, sin citar ninguna evidencia de que el banco estaba fallando en cumplir con los requisitos de protección de los consumidores o de los derechos civiles. En 1843 Por el contrario, un banco con una calificación de «3» gestión significa «gestión del rendimiento y tabla que necesita prácticas de mejora o de gestión de riesgos que son menos que satisfactorio, dado la naturaleza de las actividades fiduciarias de la institución. «Una calificación 3 también significa que las» capacidades de dirección o el consejo de administración puede ser insuficiente para el tamaño, la complejidad y el  perfil de riesgo de las actividades fiduciarias de la institución.

Problemas y riesgos significativos pueden ser adecuadamente identificados, medidos, monitoreados y controlados.  

A manera de conclusiones de este servidor:

  • Como puede verse en los Estados Unidos las cosas siguen pasando como si nada, no basto la debacle de la caídas de las grandes empresas en el 2001, Word Com; Emron, Xerox etc, precisamente por la falta de vigilancia efectiva y seguimiento de los informes de los auditores y entes de control, quienes al final se han dormido sobre los controles creyendo que son los mejores y no aplicando la debida diligencia ampliada; sin embargo de allí salieron fuertes leyes para minimizar los riesgos.
  • Luego de esa debacle sobrevino la “ masacre”  del 2008 y 2009 con la caída de los principales bancos lo que se llamo la “ burbuja inmobiliaria”  ya existía la Ley Sarbanez-Oxley y volvimos a preguntarnos ¿y dónde estaban los auditores y las entidades de control?
  • Pero parece que los gringos no aprenden la lección, ahora el turno es para uno de los bancos más grandes del Reino Unido quien ahora extiende sus tentáculos por todo el mundo, lo malo no es que extiendan sus tentáculos por todo el mundo, lo malo es que los reguladores bancarios nacionales y federales de los Estados Unidos por más de 10 años hayan tolerado  situaciones como las que aquí hemos contado, habrá entonces que esperar simplemente multas y sanciones a estos bancos pero el mal sigue enraizado en las costumbres mercantiles y seguiremos reclamando aquí y allá la pregunta con la cual inicié esta serie de artículos: ¿Y dónde estaban los auditores? Las autoridades de control estatal?, los reguladores, los Revisores Fiscales? Y la respuesta es muy sencilla, no hemos sido formados ni estamos formando auditores sabuesos, verdaderos investigadores de fraude y tampoco ninguna empresa de auditoría en el mundo se compromete a detectar el fraude; que vergüenza.

Autor:

Luis Alberto Penagos M.
Contador Público
Investigador Forense
Auditing Investigative Forensic
Miembro Lavado de Dinero
Miembro ALIFC (Asociación Latinoamericana de Investigadores de Fraudes y Crímenes Financieros)

Fuente: Committee on Homeland Security and Governmental Affairs Carl Levin, ChairmanTom Coburn, Ranking Minority Member, la traducción es mia.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito