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El Consejo Técnico de la Contaduría expidió una nueva y polémica Orientación Profesional para el ejercicio de la Revisoría Fiscal


El Consejo Técnico de la Contaduría expidió una nueva y polémica Orientación Profesional para el ejercicio de la Revisoría Fiscal
Actualizado: 27 noviembre, 2008 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Borrón y cuenta nueva
  • Revisores Fiscales
  • Nuestro cubrimiento de estas orientaciones:

Durante el presente año 2008, el Consejo Técnico de la contaduría pública (estrenando nuevo presidente, el contador público Rafael Franco Ruiz), ha expedido varias orientaciones profesionales. Pero dos de ellas han sido muy importantes y a la vez polémicas.

Borrón y cuenta nueva

En la primera de ellas (la Orientación Profesional del 14 de febrero del 2008), el Consejo Técnico indica que se deben entender como totalmente derogadas (y que por tanto se deberían quitar de todos los sitios donde hasta ahora se hallen publicados), sus antiguos “pronunciamientos” y/o “disposiciones” profesionales generados hasta el año 1999, pues en razón al fallo C-530 que la Corte Constitucional hizo en mayo 10 de 2000, esos pronunciamientos o disposiciones ya no tienen fuerza vinculante para los contadores públicos y que entonces ni siquiera deberían ser utilizados como fuente de simple doctrina. Dice la misma Orientación que no obstante lo anterior, el Consejo Técnico, dentro del “programa de desarrollo doctrinal contable” emitirá las nuevas orientaciones profesionales que sean pertinentes.

Revisores Fiscales

Por otra parte, mediante su Orientación Profesional del 21 de junio de 2008, el Consejo Técnico unifica en un solo texto todos los aspectos más importantes que se entiende están involucrados en el ejercicio de la Revisoría Fiscal en Colombia, servicio este que según el Consejo Técnico  debe ir más allá de la simple auditoría o revisión a las cifras financieras de las empresas (lo cual ha generado polémica por parte de varias firmas de contadores las cuales verían aumentadas sus cargas de trabajo) y que además debería ser remunerado como mínimo con 3 (tres) salarios mínimos mensuales vigentes.

Nuestro cubrimiento de estas orientaciones:

Análisis e Investigaciones

Opinión:

Consejo Técnico de la Contaduría:

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