Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El derecho contable estudia el ordenamiento de la contabilidad y de los contadores


La literatura distingue entre los modelos que exigen establecer si se han aplicado las normas, los estándares, los principios generalmente aceptados, la técnica contable y los que requieren establecer si la información presenta fielmente, realmente, justamente, razonablemente, la imagen económica de las entidades, su situación financiera y su desempeño.

En este último caso se entiende que el profesional de la contabilidad debe ir más allá del ordenamiento para determinar si los reportes coinciden con el supremo principio de la sustancia, realidad o esencia económica.

Nosotros abogamos por este segundo enfoque, el cual ha identificado a la contaduría desde sus orígenes. Desde un punto de vista el derecho es ciencia auxiliar de la contabilidad y desde otro la contabilidad es ciencia auxiliar del derecho. Pero nunca se ha pensado si es correcto afirmar que la contabilidad es parte del derecho.

Otra cosa es que podamos categorizar el derecho contable como la rama que estudia el ordenamiento de la contabilidad y de los contadores. Pero este derecho no hace a nadie contador.

Sin embargo, lo que desde los años 70 del siglo pasado vienen pretendiendo varios abogados y otros funcionarios del Estado es que los contadores se dediquen a hacerles la tarea y, convertidos en oficiales de cumplimiento, olviden todo lo que aprendieron y se dediquen a verificar el cumplimiento de las normas legales. Para esto no se forman. Por ello, el discurso de las superintendencias puede ser una buena retórica, pero está basado en palabras interpretadas sin atender al contexto, ni al origen, ni al entendimiento internacional, para bien de ellos mismos.

El verdadero valor de los contadores y lo que efectivamente pueden hacer por las empresas se encuentra en su preparación empresarial y no en su formación jurídica, que en nuestro país ha venido disminuyendo. Hoy en día nos encontramos con algunos muy buenos, pero la gran mayoría son pésimos intérpretes.

Los contadores se quejan de que los abogados echan por tierra sus investigaciones por detalles que ellos no entienden y no consideran importantes. Esto pasa porque los contadores no son abogados y no tienen por qué serlo. Muchos contadores y auditores que se precian de ser forenses han sido despiadadamente despellejados dentro de los juicios por los interrogatorios de los abogados. Se requiere de una formación especial para poder intervenir en los juicios.

Los abogados no entienden que una empresa que cumpla todas las leyes pueda no ser próspera, puede quebrarse, puede terminarse. Tantas leyes expedidas, según múltiples enfoques, crean pesadas cargas que siempre deben pagar los consumidores. Es así como nos sentimos felices, por ejemplo, porque vivimos a centímetros del pensamiento del Consejo de Supervisión Bancaria de Basilea, pero somos un país que paga muchísimo a los bancos, que tienen buenas utilidades, mientras muchos clientes dicen que solo trabajan para ellos. Los contadores no se forman para esto.

Hernando Bermúdez Gómez
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones.
Número 6081, septiembre 6 de 2021.

 


 

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones de “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito