Responde conferencista: Diego Guevara
De acuerdo con la modificación efectuada al artículo 115 del ET por parte de la Ley 1943 de 2018, ¿es posible que el valor pagado por ICA en 2019, correspondiente al año gravable 2018, se hubiera podido tomar como descuento tributario en la declaración de renta de dicho período, aun teniendo en cuenta la indicación del Concepto 08910 de 2019? ¿Me pueden sancionar por haberle dado el tratamiento de descuento tributario?
Pregunta resuelta abril 30 de 2020
Tanto las personas naturales como las personas jurídicas pueden imputar en su impuesto de renta algunas partidas para disminuir el valor a pagar, como, por ejemplo, rentas exentas, deducciones o descuentos tributarios, siempre y cuando se cumpla con el pleno de requisitos para tal fin.
A continuación, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, interviene para explicar puntualmente si el pago del ICA puede ser tomado como una deducción o un descuento tributario en la declaración del impuesto de renta.