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El Ministerio de Minas y Energía se pronuncia frente al factor de ajuste del CERT


Actualizado: 24 julio, 2018 (hace 6 años)

El Ministerio de Minas y Energía emitió el Decreto 1262 de 2018, por el cual se realizan modificaciones al DUR 1073 de 2015, en lo relacionado con el ajuste del monto del CERT

El Ministerio de Minas y Energía emitió el Decreto 1262 de 2018, por el cual se modifica el inciso cuarto del artículo 2.2.6.2.7., capítulo 2 del título VI de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1073 de 2015 único reglamentario del sector administrativo de minas y energía.

Dicho artículo quedará de la siguiente manera:

Artículo 2.2.6.2.7.

(…)

Dicho factor multiplicador depende del nivel internacional de precios del petróleo crudo, que variará en función de un rango que tomará como valor mínimo y máximo aquellos que sean fijados anualmente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía. En caso de que el precio promedio BRENT sea inferior al valor mínimo del rango o sea superior al valor máximo del rango, de acuerdo con los valores que anualmente determine el Ministerio de Minas y Energía, dicho factor será igual a cero (O).

Para los proyectos de más de un (1) año de ejecución, el rango de precios fijado para obtener el factor multiplicador será el mismo que se usó en la distribución inicial de CERT del año en que fueron presentados.”

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