Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El problema de ser tratado a lo largo del año como empleado y al final no serlo


El problema de ser tratado a lo largo del año como empleado y al final no serlo
Actualizado: 19 mayo, 2014 (hace 10 años)

Según el Decreto 1070 de mayo de 2013, los agentes de retención pudieron haber tratado a una persona natural prestadora de servicios como “empleado” a lo largo del 2013, pues sus ingresos del año anterior, 2012, sí le daban esa condición. Sin embargo, cuando se cierra el 2013, quien fue tratado como “empleado” por parte del agente de retención es posible que por ese año 2013 no califique como “empleado”. ¿Qué debe hacer ese prestador de servicios al momento de preparar su declaración anual de renta 2013?

La Norma (haz click en la imagen para ampliar)

La Norma (haz click en la imagen para ampliar)

Definitivamente la puesta en práctica de los cambios en materia del impuesto de renta de las personas naturales que introdujo la Ley 1607 está llevando a situaciones bastante curiosas y hasta complejas de manejar.

En efecto, y de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 1070 de mayo de 2013, quienes cobran rentas de trabajo (honorarios, comisiones, servicios)  sin tener vínculo laboral con sus contratantes también debieron entregarle a sus contratantes en esa fecha (al igual que los asalariados) una certificación indicando el tipo de ingresos que habían obtenido en “el año anterior”, es decir, en el 2012, y con base en eso el agente de retención durante el resto del 2013 los encasilló o como “empleados” (si los ingresos del 2012 sí fueron en un 80% o más provenientes de rentas de trabajo como salarios y honorarios y servicios) o como “no empleados” (si esos ingresos del 2012 no provinieron en más de un 80% de las rentas de trabajo). Y a los primeros les practicó retenciones con las tablas de los artículos 383 y 384 (las cuales solo producen retención para el que más gana) mientras que a los segundos les practicó retenciones con tarifas tradicionales.

“es posible que por el 2013 ese que fue tratado por su agente de retención como “empleado” ya no sea “empleado” ”

Sin embargo, cuando se cierra el 2013 y la persona natural se fija en los ingresos del propio 2013 (y no en los del 2012), es posible que por el 2013 ese que fue tratado por su agente de retención como “empleado” ya no sea “empleado” (porque sus ingresos del propio 2013 ya no son en un 80% o más provenientes de rentas de trabajo). O que aquel que durante el 2013 no fue tratado como empleado, entonces sí lo sea (porque sus ingresos del propio 2013 sí son en su mayor parte provenientes de rentas de trabajo).

¿Cuáles son entonces las  consecuencias de esos desfases que se pueden dar entre el tratamiento que un agente de retención le haya dado al prestador de servicios (por culpa de habérsele fijado en los ingresos “del año anterior” al gravable) y el tratamiento que el propio prestador de servicios le deba dar a sus rentas en su propia declaración de renta al final del año?

Los desfases con la retención sufrida a lo largo del año y el impuesto a cargo que tendrá al final del año

Las consecuencias obvias estarán en el monto de las retenciones con las que el prestador de servicios podrá contar para disminuir el valor a pagar o aumentar el saldo a favor de su declaración de renta por el año que se cerró (2013 en nuestro caso).

Así por ejemplo, si durante el 2013 lo trataron como empleado y en la depuración mensual que le hacía su agente de retención para efectos de la retención le terminaban restando hasta el “25% de los demás pagos o abonos en cuenta del mes”  (ver art. 2 del Decreto 1070 de 2013) y con eso la retención en las tablas de los artículos 383 y 384 le podía producir incluso $(0) de retención. El asunto es que al final del año, cuando se confirma que por el 2013 no califica como “empleado”, no podrá restar el “25% de los demás pagos de sus rentas de trabajo”, su impuesto se subiría y no tendría suficientes retenciones para disminuir el valor a pagar.

En cambio, el que no fue tratado como “empleado” y no le disminuían su base de retención mensual con el famoso “25%”, y le aplicaban las tarifas tradicionales (10% u 11%), ese al final del año se da cuenta que sí es “empleado”, y sí restará lo el “25%” en su declaración de renta, y su impuesto bajará y se restarán todas las grandes retenciones grandes que le hicieron y podrá hasta formar saldos a favor.

“no siempre será fácil prever cuál va a ser la situación al final del año en la tributación del prestador de servicios y cada quien entonces va a poder enfrentar situaciones diferentes”

Como se ve, no siempre será fácil prever cuál va a ser la situación al final del año en la tributación del prestador de servicios y cada quien entonces va a poder enfrentar situaciones diferentes.

Para examinar más en detalle estos casos propios de las personas naturales, no dejes de asistir a nuestros eventos presenciales “Seminario preparación y presentación declaración de renta año gravable 2013 de personas naturales” los cuales llevaremos a cabo en varias ciudades entre mayo 26 y junio 18 de 2014

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,