Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El valor intrinseco de las acciones y aportes no se toma como valor fiscal


Actualizado: 28 mayo, 2007 (hace 17 años)

Duración: 7 minutos 29 segundos

¿De qué se trata esta conferencia?

Al momento de preparar la declaracion de renta (ya sea de un contribuyente obligado a llevar contabilidad o de un contribuyente no obligado a llevar contabilidad), al igual que al momento de preparar una declaracion del impuesto al patrimonio, es importante tener presente que si entre los activos que se poseen a dic 31 (o a enero 1) figuran «acciones y aportes en sociedades», tales bienes no se deben llevar a dichas declaraciones por su valor intrinseco si no unicamente por su costo fiscal ajustado por inflación. En esta miniconferencia se examinan las normas que así lo sustentan y se advierte de los problemas que habrían al equivocarse en determinar el valor fiscal para tales activos

Contenido

  1. Comentarios sobre cuál es la verdadera utilidad sobre el «valor intrinseco» que las empresas certificacn anualmente a quienes poseen acciones o cuotas sociales en ellas
  2. Aclaración de por qué razón el valor intrinseco no se debe tomar en cuenta como valor fiscal (o valor patrimonial) a la hora de denunciar las acciones y aportes en una declaraion de renta o en una declaracion del impuesto al patrimonio

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