Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Cuando se realizan solicitudes de reintegro, ¿se requiere la elaboración de una factura?
Resuelta el 31 de mayo de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que, para dar respuesta a la consulta, se hace necesario validar lo dispuesto en el Concepto 89767 de septiembre 11 de 2000, disposición que establece que, para efectos de procesos de solicitudes de reintegro, no es necesario elaborar una factura de venta, pues basta con presentar una cuenta de cobro.
Recordemos que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 615 del Estatuto Tributario, se debe expedir factura de venta cuando se venden bienes o se presten servicios.