Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Elementos a tener en cuenta al momento de medir un instrumento por su valor presente


Elementos a tener en cuenta al momento de medir un instrumento por su valor presente
Actualizado: 20 febrero, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Valor de los flujos de efectivo futuros
  • Plazo de recaudo
  • Tasa de interés
  • Deterioro del valor

El modelo del costo amortizado debe ser utilizado en la medición de las cuentas por cobrar clasificadas como instrumentos financieros, lo cual implica el reconocimiento de rendimientos financieros. Se debe incluir un componente de financiación implícita si el instrumento no tiene una tasa de interés pactada.

“Estos activos generan rendimientos financieros explícitos o implícitos. ”

Los activos financieros son derechos de cobro a favor de la entidad, que provienen de un acuerdo contractual, sea por préstamo de dinero, venta de bienes o prestación de servicios. Estos activos generan rendimientos financieros explícitos o implícitos.

Si los instrumentos financieros provienen de un contrato que constituya una transacción de financiación, se deben medir por el valor presente de los flujos de efectivo futuros, usando una tasa de interés de mercado para un instrumento financiero similar. Así lo establece el párrafo 11.13 del Estándar para Pymes.

Al medir un instrumento por su valor presente se necesitan los siguientes elementos:

Valor de los flujos de efectivo futuros

  • Depende del acuerdo contractual; puede ser un solo pago a futuro o una serie de pagos de igual o diferente cuantía en momentos distintos.
  • Los flujos de efectivo futuros son un pago puntual que se recibirá en cualquier momento, luego de la fecha de cierre de los estados financieros.
  • Puede ocurrir que la expectativa de recaudo disminuya por acuerdos con el cliente o por la evaluación de su situación financiera.
  • Si el cliente no pagará toda la deuda, la entidad debe ajustar el valor de los flujos de efectivo futuros y reconocer cualquier diferencia como pérdida por deterioro.

Plazo de recaudo

  • En todo acuerdo que implique financiación debe incluirse el plazo para pago o recaudo, el cual servirá de base para descontar los flujos de efectivo futuro.
  • Si el plazo estimado de recaudo es menor a un año, la entidad puede medir el instrumento simplemente por el valor nominal no descontado.
  • Si el plazo es superior a un año, la entidad utilizará este período para calcular el valor presente de los flujos de efectivo futuros.
  • Si el acuerdo no menciona el plazo, la entidad debe estimar el tiempo en el cual este instrumento puede ser recaudado, y este será el límite utilizado para calcular el valor presente de los flujos de efectivo.
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Tasa de interés

  • La entidad debe utilizar la tasa de interés pactada en el instrumento.
  • Si no se ha pactado una, debe utilizarse una tasa de interés de mercado para instrumentos financieros similares.
  • Esta tasa debe escogerse teniendo en cuenta el perfil de deudor, tipo de garantía que puede ofrecer, cuantía de la deuda, entre otros aspectos.
  • No se debe mediar la tasa de interés por la cual la entidad obtiene fuentes de financiación, sino que debe evaluarse la tasa de interés que obtendría el deudor en la fecha de medición.

Deterioro del valor

  • Si el valor presente de los flujos de efectivo futuros del instrumento es menor a su importe en libros a la fecha de medición, la entidad debe reconocer una pérdida por deterioro del valor en el estado de resultados.
  • Esta pérdida puede revertirse en períodos futuros, si la entidad logra el recaudo efectivo de la cartera.

Si quiere profundizar en este tema, lea nuestro análisis Interés implícito en cuentas por cobrar.

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