Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Emisores de facturas electrónicas tendrán que reportar nuevos códigos de responsabilidad en el RUT


Emisores de facturas electrónicas tendrán que reportar nuevos códigos de responsabilidad en el RUT
Actualizado: 16 agosto, 2016 (hace 8 años)

La DIAN ya tiene diseñados los nuevos códigos 37 a 39 para reportar en el RUT las responsabilidades que tendrían quienes participen en el proceso de emisión de facturación electrónica, ya sea en calidad de emisores obligatorios o voluntarios o proveedores tecnológicos autorizados.

El pasado domingo 14 de agosto del 2016, mientras efectuábamos una revisión a los códigos con que se diligencia la casilla 53 (“Responsabilidades”) del RUT administrado por la DIAN, pudimos detectar que dicha entidad ya tiene diseñados los nuevos códigos 37 a 39, los cuales tendrán que ser utilizados solamente por aquellos contribuyentes que lleguen a participar como emisores de las nuevas facturas electrónicas reglamentadas a través del Decreto 2242 de noviembre 24 del 2015 y la Resolución 0019 de febrero 24 del 2016 (esta última modificada con el artículo 8 de la Resolución 055 de julio 14 del 2016).

“podrán utilizar los servicios que la norma denomina “proveedores tecnológicos autorizados por la DIAN””

De acuerdo con la normatividad antes mencionada, existirán contribuyentes a los cuales la DIAN (mediante resolución) señalará como obligados a facturar electrónicamente. Así mismo, existirán contribuyentes que voluntariamente podrán solicitar a la DIAN autorización para facturar de forma electrónica. De igual forma, tanto los obligados a facturar electrónicamente como aquellos que deseen hacerlo en forma voluntaria, podrán utilizar sus propias plataformas tecnológicas para estar generando dichas facturas electrónicas o en caso contrario podrán utilizar los servicios que la norma denomina “proveedores tecnológicos autorizados por la DIAN” (ver el artículo 12 del Decreto 2242 de noviembre del 2015 y el artículo 15 de la Resolución 0019 de febrero del 2016).

En razón de lo anterior, los nuevos códigos de responsabilidades que todos estos tendrían que reportar en la casilla 53 de su RUT, sería alguno de los siguientes 3 que ya fueron diseñados por la DIAN:

37- Obligados a facturar electrónicamente: clientes seleccionados por resolución del Director General como obligados a facturar electrónicamente.

38- Facturación electrónica voluntaria: clientes que voluntariamente solicitaron y han sido habilitados por resolución para facturar electrónicamente.

39- Proveedor de servicios tecnológicos –PST–: las empresas que se postulen para ser proveedores de servicios tecnológicos, que cumplan a satisfacción de la DIAN con los requisitos y especificaciones técnicas y tecnológicas, y sean autorizadas por resolución para operar como proveedores.

Microsite sobre Facturación Electrónica resuelve la mayor cantidad de dudas sobre este nuevo servicio virtual

“la DIAN dio a conocer la existencia de un microsite especial dentro de su portal de internet, en el cual se han ido recopilando de forma progresiva todas las novedades e información relevante”

Tal como lo destacamos en un editorial anterior, a comienzos del mes de mayo del 2016 la DIAN dio a conocer la existencia de un microsite especial dentro de su portal de internet, en el cual se han ido recopilando de forma progresiva todas las novedades e información relevante relacionada con la puesta en marcha del nuevo servicio virtual de Facturación Electrónica.

En dicho microsite se han recopilado recientemente documentos importantes, como aquellos que resuelven las dudas más frecuentes sobre este proceso (ver el documento de “Preguntas frecuentes I”, “Preguntas frecuentes II de mayo 13 del 2016” y “Preguntas frecuentes III del 3 de junio del 2016”).

De igual forma, en dicho microsite también se tiene publicado un documento especial con el listado de las 41 empresas que están participando de forma voluntaria desde el 18 de abril del 2016 en el plan piloto que la DIAN adelanta para las pruebas y puesta en marcha de este nuevo servicio virtual (entre tales empresas figuran Bavaria, Ecopetrol y Grupo Nutresa).

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