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Empleados podrían pagar más impuesto de renta en el 2017


Empleados podrían pagar más impuesto de renta en el 2017
Actualizado: 4 noviembre, 2016 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué tipo de ingresos se relacionan en la cédula de rentas de trabajo?
  • ¿Cuáles son las principales modificaciones de esta cédula?
  • Veamos las cifras

La propuesta de reforma tributaria estructural que actualmente cursa en el Congreso de la República propone una limitación de las rentas exentas a las que puede acceder una persona natural que obtiene rentas laborales; esta nueva disposición podría aumentar el impuesto a pagar en el 2017.

Como ya lo hemos comentado en anteriores editoriales, el proyecto de reforma tributaria estructural que en la actualidad se cursa en el Congreso de la República propuso que las rentas de las personas naturales fueran clasificadas en 5 fuentes que serían depuradas mediante un sistema de cálculo cedular para calcular el impuesto de renta a cargo.

Una de las cédulas en mención corresponde a las rentas de trabajo, que constituyen la principal fuente de ingreso para la mayoría de los colombianos declarantes. En el siguiente ejercicio analizaremos el impacto de las modificaciones propuestas y, además, estudiaremos un caso práctico que permite comparar el nivel de impuestos actual contra el propuesto, para el caso de una persona natural cuyo único ingreso proviene de esta cédula.

¿Qué tipo de ingresos se relacionan en la cédula de rentas de trabajo?

Los ingresos que conforman la cédula 1 de rentas de trabajo son los indicados en el artículo 103 del Estatuto Tributario –ET–, que comprende en general las compensaciones por servicios personales:  

  • Salarios.
  • Comisiones.
  • Prestaciones sociales.
  • Viáticos.
  • Gastos de representación.
  • Honorarios.
  • Emolumentos eclesiásticos.
  • Compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.

¿Cuáles son las principales modificaciones de esta cédula?

“impuso un límite al total de rentas exentas que pueden restarse en la declaración de renta de los contribuyentes, este es del 35% de la renta líquida cedular”

El proyecto de reforma tributaria no eliminó ningún beneficio particular de la cédula de rentas de trabajo pero sí impuso un límite al total de rentas exentas que pueden restarse en la declaración de renta de los contribuyentes, este es del 35% de la renta líquida cedular (rentas de trabajo totales menos ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional) o 3.500 UVT ($ 111.507.000 para el 2017, tomando como referencia la UVT 2017 proyectada).

Veamos las cifras

Consideremos el caso de una persona natural cuyo salario básico mensual es de $3.500.000 ($42.000.000 anuales), tiene un hijo de 10 años y por tanto puede acceder al beneficio de dependientes (10% de los ingresos), no paga medicina prepagada y realiza aportes del 20% de su salario mensual ($8.400.00 al año) a una cuenta AFC con miras a la adquisición posterior de una vivienda. Este contexto le permite alojarse por completo en la cédula de rentas laborales y por tanto acceder a la exención del 25% a la que se refiere el artículo 206 del ET.  

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De la siguiente forma se comportarían los cálculos para la determinación del impuesto de renta del 2017, en caso de ser aprobado el proyecto de reforma:

UVT 2017

 $ 31.859

Ítem

Descripción

Valor

Ingresos

 Salarios

                        $42.000.000

 Total ingreso

                        $42.000.000

 Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional –INCRNGO–

INCRNGO Aportes a Salud (art. 12 del proyecto de reforma tributaria)

                          $1.680.000

INCRNGO Aportes a pensión (art. 13 y 14 del proyecto de reforma tributaria)

                          $1.680.000

 Total INCRNGO

                          $3.360.000

 Ingresos Netos

                        $38.640.000

 Deducciones

 Dependientes

                          $4.200.000

 GMF

                               $37.000

 Medicina prepagada

                                       –  

 Total deducciones

                          $4.237.000

 Renta exenta

 Ahorro y fomento a la construcción –AFC–

                          $8.400.000

 25% de las rentas laborales

                          $6.501.000

 Aporte voluntario a pensiones –APV–

                                       –  

 Total renta exenta

                        $14.901.000

 Renta exenta limitada al 35% o 3.500 UVT

                        $13.524.000

 Cálculo del impuesto

 Renta líquida

                        $20.879.000

 Renta líquida UVT

                                    655

 Total impuesto en reforma propuesta

                             $176.000

Si este mismo caso fuera depurado para el 2017 según el sistema ordinario para el cálculo del impuesto de renta, bajo las actuales reglas fiscales vigentes en el país, la estructura básica del cálculo sería:

 

Ingresos

 $ 42.000.000

Deducciones (Incluye salud)

 $ 5.917.000

Retas exentas (Incluye pensión)

 $16.580.750

Renta líquida

 $19.502.250

 Renta líquida UVT

                                    612

Total impuesto actual

 $ 0  

En dicho contexto, entonces, esta persona natural cuyo único ingreso proviene del concepto de salarios pasaría de pagar $0 por impuesto de renta, a contribuir la suma de $176.000 en el 2017. En este caso la variación principal sucede a causa de la limitación de las rentas exentas, puesto que en lugar de acceder al beneficio total de $14.901.000, el límite planteado en la reforma solo permitiría que el contribuyente restara un máximo de $13.524.000.

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