Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En declaración del CREE año gravable 2014 se liquidará anticipo a la “Sobretasa al CREE” año gravable 2015


En declaración del CREE año gravable 2014 se liquidará anticipo a la “Sobretasa al CREE” año gravable 2015
Actualizado: 12 enero, 2015 (hace 9 años)

Los artículos 21 a 24 de la Ley 1739 de diciembre de 2014 crearon el nuevo tributo de la “Sobretasa al CREE”, el cual no tendrá destinación específica y solo se causará en los años gravables 2015 hasta 2018. Sin embargo, a partir de la declaración del CREE del año gravable 2014 se deberá empezar a liquidar el “anticipo a la sobretasa al CREE del año siguiente”. La norma no aclaró en todo caso lo que sucederá con dichos “anticipos” en los casos de liquidaciones, fusiones y escisiones.

Uno de los más importantes cambios establecidos a través de la Ley 1739 de diciembre 23 de 2014 es la creación que los artículos 21 a 24 efectúan del nuevo tributo denominado “Sobretasa al CREE”, el cual deberá ser liquidado entre los años gravables 2015 hasta 2018 bajo las siguientes reglas:

1) Obligados a liquidar la “Sobretasa al CREE”

La “Sobretasa al CREE” estará a cargo de todas las personas jurídicas sujetas al CREE, sin incluir a las que se instalen en las denominadas “Zonas Francas costa afuera” (ver Decreto 2682 de diciembre 23 2014), pero solamente cuando la base gravable final del CREE en cada uno de los años gravables 2015 hasta 2018, llegue a ser superior a los $800.000.000.

2) Forma de liquidar la “Sobretasa al CREE”

En cada uno de los años gravables 2015 hasta 2018, la base sobre la cual se liquidará la “Sobretasa al CREE” implicará tomar la base gravable final del CREE, restarle el valor de $800.000.000, y al valor neto resultante se le aplicarán las siguientes tarifas: a) 5% en el año gravable 2015; b) 6% en el año gravable 2016; c) 8% en el año gravable 2017; y d) 9% en el año gravable 2018.

3) Cálculo del “Anticipo a la Sobretasa al CREE del año gravable siguiente”

El último inciso del artículo 22 de la Ley 1739 dispuso que en cada uno de los años gravables anteriores a aquellos en que se liquidará la “Sobretasa al CREE”, es decir, en los años gravables 2014, 2015, 2016 y 2017 se exigirá que los declarantes del CREE liquiden adicionalmente, y a manera de anticipo, el 100% de lo que sería la “Sobretasa al CREE del año gravable siguiente”, usando para ello la base gravable final del CREE del año en que se liquida el anticipo.

“La misma técnica se usará en las declaraciones del CREE de los años gravables 2016 y 2017, y en ellas, al momento de calcular el “Anticipo a la Sobretasa del CREE del año siguiente”, se usarán las tarifas del 8% y 9%”

Lo anterior significaría por ejemplo que en la declaración del CREE del año gravable 2014, y a pesar de que en ella no se liquidaría “Sobretasa al CREE”, sí existirá el renglón para liquidar el “Anticipo a la Sobretasa al CREE del año gravable 2015”, para lo cual se tomará la base gravable final del CREE del mismo año gravable 2014, se le restarán $800.000.000 y al neto se le aplicará una tarifa del 5%. Luego, en la declaración del CREE del año gravable 2015, donde existirá el renglón para liquidar la “Sobretasa al CREE” y el renglón para restar el “anticipo” liquidado en la declaración del CREE del año gravable 2014, existirá otro renglón para liquidar el “Anticipo a la Sobretasa al CREE del año gravable 2016”, y para ello se tomará la base gravable final del CREE del mismo año gravable 2015, se le restarán $800.000.000 y al neto se le aplicará una tarifa del 6%. La misma técnica se usará en las declaraciones del CREE de los años gravables 2016 y 2017, y en ellas, al momento de calcular el “Anticipo a la Sobretasa del CREE del año siguiente”, se usarán las tarifas del 8% y 9%.

Además, y aunque la norma no lo dijo expresamente, es claro que si por ejemplo una sociedad se llega a liquidar durante el año gravable 2015, en la declaración del CREE por fracción de año gravable 2015 solo deberá liquidar la respectiva “Sobretasa al CREE del año 2015”, restarse el “Anticipo a la Sobretasa al CREE” que liquidó en la declaración del CREE del año gravable 2014, pero no deberá liquidar “Anticipo a la  Sobretasa al CREE del año gravable 2016”, pues es claro que la sociedad nunca va a presentar la declaración del CREE del año gravable 2016 (la misma lógica se sigue en la liquidación de los “anticipos al impuesto de renta de un año siguiente”; ver Concepto DIAN 12200 de mayo de 1987).

Así mismo, y aunque la norma tampoco lo mencionó, si por ejemplo sucediera que durante el año gravable 2015 la sociedad A se fusiona con la sociedad B y de dicho proceso de fusión solo seguirá existiendo la sociedad B, al finalizar el año gravable 2015 sería la sociedad B la que tendrá el  derecho a restar en la declaración del CREE los dos “Anticipos a la Sobretasa al CREE del año gravable 2015”, es decir, tanto el que había liquidado en el año gravable 2014 la sociedad A como el que liquidó en el mismo año gravable 2014 la sociedad B. Lo mismo se predicaría en caso de que al fusionarse la sociedad A con la sociedad B lo que resultase fuera una nueva sociedad C. En tal caso, al finalizar el año gravable 2015, sería la sociedad C la que tendrá el derecho a restarse los dos “Anticipos a la Sobretasa al CREE del año gravable 2015” que habían sido liquidados en el año gravable 2014 por parte de las sociedades A y B.

De otra parte, si por ejemplo en el año gravable 2015 una sociedad A se llega a escindir, y producto de dicha escisión la sociedad A desaparece, pero se da vida jurídica a dos nuevas sociedades que se llamarán sociedad B y sociedad C, en tal caso serán estas sociedades B y C las que decidirán la forma en que harán uso del “Anticipo a la Sobretasa al CREE del año gravable 2015” que había sido liquidado en el año gravable 2014 por parte de la extinta sociedad A.

4) Los valores liquidados por la “Sobretasa al CREE” no tendrán destinación específica

Una de las características más importantes de la “Sobretasa al CREE” es que aunque dicho tributo se liquide en función de lo que sea la base gravable final del CREE, lo que se liquide por concepto de la misma no tendrá las destinaciones específicas que se establecen para el impuesto CREE (recuerde que el CREE sí tiene destinación específica a favor del SENA, ICBF, EPS, Sisben, universidades públicas, etc.; ver artículo 24 de la Ley 1607 de 2012).

Así lo confirma el artículo 23 de la Ley 1739 donde se dispuso lo siguiente:

Artículo 23. No destinación específica. La sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) no tiene destinación específica. Los recursos que se recauden por este tributo no estarán sometidos al régimen previsto en los artículos 24 y 28 de la Ley 1607 de 2012, no formarán parte del Fondo Especial sin personería Fondo CREE, y harán unidad de caja con los demás ingresos corrientes de la Nación, de acuerdo con las normas previstas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto.”

“lo más lógico es que en dicho formulario estén totalmente separados los valores que se liquidarán por concepto del “CREE””

En vista de lo anterior, al momento en que la DIAN diseñe la estructura de lo que serán los nuevos formularios 140 para las declaraciones anuales del CREE junto con sus “sobretasas” y “anticipos a las sobretasas”, lo más lógico es que en dicho formulario estén totalmente separados los valores que se liquidarán por concepto del “CREE” (el cual sí tiene destinación específica y puede llegar a arrojar tanto un “saldo a pagar” como un “saldo a favor”) y los que se liquiden por concepto de la “sobretasa”  y sus “anticipos” (los cuales no tienen esta destinación específica y también pueden arrojar tanto un “saldo a pagar” como un “saldo a favor”).

Lo anterior significaría que por ejemplo el formulario 140 para el “año gravable 2014 y/o fracción de año gravable 2015”,  tendría la siguiente estructura en la parte final:

Renglón

Nombre

Valor

40

Base gravable definitiva del CREE

1.000.000.000

41

Impuesto CREE

90.000.000

42

Descuentos al impuesto CREE(ver artículo 22-5 de la Ley 1607 de 2012, el cual fue creado con el artículo 16 de la Ley 1739; este renglón solo lo utilizarán quienes utilicen el formulario como formulario por “fracción de año gravable 2015”

0

43

Impuesto neto del CREE

90.000.000

44

Menos: Saldo a favor en el CREE año gravable 2013 sin solicitud de devolución(Este mismo renglón será utilizado por quienes lleguen a usar el formulario como formulario por “fracción de año gravable 2015” y en tal caso restarían el “saldo a favor del CREE año gravable 2014 sin solicitud de devolución”)

3.000.000

45

Menos: Autorretenciones del CREE

92.000.000

46

Más: Sanciones

0

47

Total saldo a pagar por CREE

0

48

O total saldo a favor por CREE

5.000.000

49

Sobretasa(Este renglón solo lo utilizarán quienes lleguen a usar el formulario como formulario por “fracción de año gravable 2015”)

0

50

Menos: Anticipo a la Sobretasa al CREE liquidado en declaración año anterior(Este renglón solo lo utilizarán quienes lleguen a usar el formulario como formulario por “fracción año gravable 2015”)

0

51

Más: Anticipo a la Sobretasa al CREE del año gravable 2015(Se toman los $1.000.000.000 se le restan $800.000.000 y al neto se le aplica un 5%)

10.000.000

52

Menos: Saldo a favor en Sobretasa al CREE del año anterior sin solicitud de devolución(Este renglón solo lo llegarán a utilizar quienes usen el formulario como formulario por “fracción de año gravable 2015”)

0

53

Sanciones

0

54

Total saldo a pagar por “Sobretasa al CREE”

10.000.000

55

O Total saldo a favor por “Sobretasa al CREE”

0

Como puede observarse, el valor por el impuesto CREE arrojó finalmente un “saldo a favor” de $5.000.000. En cambio, el valor de la “Sobretasa al CREE” arroja un “saldo a pagar” por $10.000.000.  Por tanto, en razón a que los dos son tributos que no se pueden mezclar entre ellos (el primero sí tiene destinación específica mientras que el segundo no), el contribuyente deberá pagar por lo menos el saldo a pagar de $10.000.000 de la “Sobretasa al CREE”.

Ahora, para completar el ejercicio, suponga que el mismo contribuyente se liquidó durante el año 2015, y que el siguiente sería el formulario 140 por el “año gravable 2015 y/o fracción de año 2016”:

Renglón

Nombre

Valor

40

Base gravable definitiva del CREE

900.000.000

41

Impuesto CREE

81.000.000

42

Descuentos al Impuesto CREE

0

43

Impuesto neto del CREE

81.000.000

44

Menos: Saldo a favor en el CREE año gravable 2014 sin solicitud de devolución(Este mismo renglón será utilizado por quienes lleguen a usar el formulario como formulario por “fracción de año gravable 2016”, y en tal caso, restarían el “Saldo a favor del CREE año gravable 2015 sin solicitud de devolución”)

5.000.000

45

Menos: Autorretenciones del CREE

72.000.000

46

Más: Sanciones

0

47

Total saldo a pagar por CREE

4.000.000

48

O total saldo a favor por CREE

49

Sobretasa al CREE(Se toman los $900.000.000, se le restan $800.000.000 y al neto se le calcula el 5%)

 5.000.000

50

Menos: Anticipo a la Sobretasa al CREE liquidado en declaración año anterior

10.000.000

51

Más: Anticipo a la Sobretasa al CREE del año gravable 2016(No se calculará, pues el contribuyente se liquidó durante el año gravable 2015)

0

52

Menos: Saldo a favor en Sobretasa al CREE del año anterior sin solicitud de devolución

0

53

Sanciones

0

54

Total saldo a pagar por “Sobretasa al CREE”

0

55

O Total saldo a favor por “Sobretasa al CREE”

5.000.000

En este formulario se ve que el CREE arroja “saldo a pagar” de $4.000.000 mientras que la “Sobretasa al CREE” arroja “saldo a favor” de $5.000.000. De nuevo, y en razón a que los dos son tributos que no se pueden mezclar entre ellos (el primero sí tiene destinación específica mientras que el segundo no), el contribuyente deberá pagar por lo menos el saldo a pagar de $4.000.000 correspondientes al CREE.

“lo que debe entenderse es que estos “saldos a favor” no se pueden compensar con los “saldos a pagar” que se tengan en los demás impuestos, y que lo único que se puede hacer con dichos “saldos a favor””

Además, cuando el CREE arroje un “saldo a favor”, o cuando la “Sobretasa al CREE” sea la que arroje un “saldo a favor”, lo que debe entenderse es que estos “saldos a favor” no se pueden compensar con los “saldos a pagar” que se tengan en los demás impuestos, y que lo único que se puede hacer con dichos “saldos a favor”, tanto el que se llegue a originar en el CREE como el que se llegue a originar en  la “sobretasa al CREE”, es pedirlos en devolución o imputarlos al período siguiente. Lo anterior por cuanto así lo dispusieron los artículos 20  y 24 de la Ley 1739, donde se lee lo siguiente:

Artículo 20. Adiciónese el artículo 26-1 a la Ley 1607 de 2012, el cual quedará así:

Artículo 26-1. Prohibición de la compensación del Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). En ningún caso el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), ni su sobretasa, podrá ser compensado con saldos a favor por concepto de otros impuestos, que hayan sido liquidados en las declaraciones tributarias por los contribuyentes. Del mismo modo, los saldos a favor que se liquiden en las declaraciones del impuesto sobre la renta para la equidad CREE, y su sobretasa, no podrán compensarse con deudas por concepto de otros impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones.”

Artículo 24. Reglas aplicables. La sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) y su anticipo, además de someterse a lo dispuesto en el artículo 11 de la presente ley, se someterá a las reglas previstas para el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) relacionadas con su determinación, declaración, pago y sistema de retención en la fuente.”

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