Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En otras partes del mundo la profesión se pregunta por los nuevos servicios que podría ofrecer


Según la última versión de la NAI 315:

A191: las afirmaciones descritas en el apartado A190(a)(b) anterior, adaptadas según corresponda, también pueden ser utilizadas por el auditor al considerar los diferentes tipos de incorrecciones que pueden darse en la información a revelar que no está directamente relacionada con tipos de transacciones, hechos o saldos contables registrados.

Un ejemplo de esa información a revelar incluye cuando es posible que la entidad esté obligada por el marco de información financiera aplicable a describir su exposición a riesgos originados por instrumentos financieros, incluido cómo surgen dichos riesgos; los objetivos, políticas y procedimientos para gestionar los riesgos y los métodos utilizados para medir los riesgos.

Siempre es importante recordar de dónde surgieron las Normas de Aseguramiento de la Información y por qué las Normas Internacionales de Auditoría pasaron a ser parte de ellas.

Se meditaba mucho sobre la necesidad de ampliar los mercados de la profesión contable. Aquí en Colombia, con torpeza, se piensa en la modificación de las leyes, porque no sabemos vivir sino en desarrollo de exigencias. En otras partes del mundo la profesión se pregunta por los nuevos servicios que podría ofrecer, de manera que su fama, su reconocida calidad y su efectividad sean motivo suficiente para que las personas se decidan a adquirir esas novedades.

En varias jurisdicciones la profesión entendió que no era conveniente limitarse a la información financiera. Esta opinión ha demostrado ser muy acertada, al punto que permitió a los contables estar listos para responder sobre información no financiera, sobre información medioambiental, de sostenibilidad y gobernanza, incluso sobre los informes integrales.

Sencillamente los profesionales identificaron los conceptos y principios que aplicaban en la auditoría financiera y los generalizaron para otro tipo de información. Así, en algunos lados se empezó a hablar de los servicios de seguridad razonable, en otros de los de atestiguamiento y en IFAC de los servicios de credibilidad. Finalmente, la comunidad internacional resolvió acoger la expresión servicios de aseguramiento, convirtiendo la auditoría financiera en una especie que recae, junto con las revisiones, sobre información financiera histórica. De esta manera se abrió la puerta para la estandarización de servicios sobre otra información.

Este caso de éxito muestra que podemos tener experticia para hacer cosas similares pero distintas a las que nos ocupamos. El párrafo con el que iniciamos este artículo nos muestra cómo se entiende que las aserciones que usamos en materia de revelaciones que acompañan la información financiera pueden utilizarse para otro tipo de información a divulgar, por ejemplo, la exigida por supervisores. Las aserciones, afirmaciones, manifestaciones u objetivos resumen lo que se pretende con todas las normas de contabilidad y de información financiera.

Hernando Bermúdez Gómez
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones.
Número 6143, octubre 04 de 2021.

 


 

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones de Contrapartida son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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