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¿En qué momento se empieza aplicar el nuevo salario mínimo en la seguridad social?


¿En qué momento se empieza aplicar el nuevo salario mínimo en la seguridad social?
Actualizado: 12 enero, 2010 (hace 14 años)

En los trabajadores dependientes que perciban salario mínimo, desde enero aplica el aumento obligatorio a de sus salarios, pero en seguridad social, sólo se reporta en los pagos hechos en el mes de febrero.

Cómo se explicó la semana pasada en el editorial “Aumento obligatorio en salario mínimo es automático y no necesita de acuerdo previo” todos los trabajadores que en el 2009 estaban ganando el salario mínimo ($ 496.900) a partir del primero de enero sus salarios quedan automáticamente en $ 515.000, así el empleador no quiera. De tal manera que dicho aumento se verá reflejado desde el pago de la primera quincena de enero.

Igualmente sucede con aquellos trabajadores que tienen derecho al Auxilio de Transporte, tal cómo lo explicamos ampliamente en el editorial “Nuevo Auxilio de Transporte para todo el 2010

El nuevo salario mínimo se reporta a Seguridad Social desde FEBRERO para trabajadores dependientes.

En los trabajadores dependientes, sus empleadores reportan y pagan a través de la PILA mes vencido, de tal manera que en el mes de enero de 2010, se está haciendo el pago a seguridad social del mes de diciembre, mes en el que aun se reporta con los salarios vigentes para el año 2009.

Es a partir de los pagos que se hagan para los trabajadores dependientes en el mes de febrero de 2010, cuando se debe hacer con el nuevo salario mínimo ($ 515.000) para los trabajadores que lo perciban, pues en febrero, se estaría reportando lo correspondiente a enero, cómo cotizaciones, ingresos, retiros, novedades en general de todo lo sucedido en enero y claro, con el salario de los trabajadores percibidos en el mes de enero.

Con los independientes, el nuevo salario mínimo se reporta en PILA desde ENERO

Con los independientes es contrario el pago a seguridad social que con los trabajadores dependientes, pues estos últimos, el empleador paga mes vencido. Pero los independientes deben pagar a seguridad social mes adelantado, de tal manera que los independientes que estén cotizando a seguridad social sobre la base de un salario mínimo mensual legal vigente, desde este mes de enero, deben empezar a cotizar sobre el nuevo s.m.m.l.v. o sea $ 515.000 y no sobre $ 496.900 como lo hizo hasta diciembre de 2009

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Recuerde: Los porcentajes a Seguridad Social siguen igual, tal cómo se explicó en nuestro editorial “En el 2010 porcentajes de Seguridad Social y Parafiscales siguen igual

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