Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿En qué se invierten los recursos de los colombianos? El PCTF tiene la respuesta


¿En qué se invierten los recursos de los colombianos? El PCTF tiene la respuesta
Actualizado: 5 mayo, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es y cuáles son sus objetivos?
  • ¿Quiénes están obligados a permitir el acceso a la información?
  • Estandarización de la información requerida por el portal
  • Tres fases para poner a punto el portal

Mediante el portal central de transparencia fiscal –PCTF– se busca divulgar el buen uso de los recursos públicos nacionales haciendo visible su manejo. Entidades de vigilancia y control de los dineros públicos, y la ciudadanía, tendrán elementos para analizar y evaluar el uso que se hace de los recursos.

¿Qué es y cuáles son sus objetivos?

El portal central de transparencia fiscal es una plataforma pública de transparencia, acceso a la información y apoyo a la gestión fiscal de las entidades estatales, que permite la interacción en línea de los ciudadanos con la administración de los recursos públicos. Esta herramienta está referida en el artículo 239 de la Ley 1753 de 2015.

Este portal facilitará el acceso a datos y fuentes de información pública relacionados con la gestión fiscal del Estado, producirá interacción entre los datos de las operaciones presupuestales, los recursos y las actividades desarrolladas por los entes públicos del nivel central pertenecientes a las diferentes ramas del poder público, las entidades territoriales y las personas de derecho privado que administren recursos públicos, y promoverá la generación de información pública que fortalezca la transparencia en la administración y la rendición de cuentas.

¿Quiénes están obligados a permitir el acceso a la información?

  • Todas las entidades públicas del nivel central pertenecientes a las tres ramas del poder público, así como las entidades de derecho público y los entes territoriales en los distintos órdenes: nacional, departamental, municipal y distrital.
  • Las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que presten servicios públicos, respecto de la información directamente relacionada con la administración de recursos públicos.
  • Los partidos o movimientos políticos y los grupos significativos de ciudadanos, respecto de la información directamente relacionada con la administración de recursos públicos.
  • Personas de derecho privado que administren contribuciones parafiscales, o fondos de naturaleza u origen público.

Estandarización de la información requerida por el portal

Las entidades obligadas a permitir el acceso a la información deberán suministrar la información bajo los estándares establecidos por el administrador del portal. Para esto, el Ministerio de Hacienda junto con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establecerán los lineamientos técnicos necesarios para la estandarización de la información y la interoperabilidad con los sistemas de información que alimenten el PCTF.

Tres fases para poner a punto el portal

El PCTF contará con tres fases, que corresponden a la vinculación de las fuentes principales de información sobre la gestión de los recursos públicos. A su vez, cada una de ellas puede contener otras sub fases según los desarrollos tecnológicos necesarios para poner a disposición la información en línea. Las fases se implementarán de manera simultánea, siempre y cuando los recursos tecnológicos con que cuenten las fuentes de información sean suficientes.

Fase 1: hará parte de esta fase, la información en línea sobre la gestión fiscal de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación –PGN–. Las entidades territoriales deberán facilitar el acceso a la información sobre la administración de los recursos que les transfiere la Nación a través del PGN, poniéndola en línea de acuerdo con las facilidades de acceso tecnológico.

Fase 2: hará parte de esta fase la información en línea sobre la gestión fiscal de las entidades que sean beneficiarias de los recursos del SGR. Las mencionadas entidades deberán facilitar el acceso a la información sobre la administración de los recursos del SGR en los términos que defina el administrador del sistema, de acuerdo con criterios de progresividad, transparencia y acceso tecnológico.

Fase 3: formará parte de esta fase la información en línea sobre la gestión fiscal de las entidades de naturaleza pública y privada que administran recursos públicos a través de contribuciones parafiscales.

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