Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Enfrentar la responsabilidad de reportar los Estados Financieros – Supersociedades


Actualizado: 10 abril, 2006 (hace 18 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Se deben presentar trimestralmente
  • Las complicaciones para las empresas ?matrices?
  • Puntos a tener en cuenta

Una vez cerrado el primer trimestre del 2006, es importante recordar que todas aquellas sociedades comerciales que no estén en la simple condición de “inspeccionadas” por parte de la Superintendencia de Sociedades, y que se encuentren en situaciones que las señalan como entidades bajo la “vigilancia y control” por parte de la mencionada entidad, se enfrentan a la responsabilidad de prepara el reporte trimestral de Estados Financieros 2006 que la Superintendencia ha exigido.

Nota: para distinguir los términos “inspeccionada”, “vigilada” y “controlada” se deben estudiar los art.82 a 84 de la ley 222 de dic. de 1995 y el decreto 3100 de dic. de 1997

Se deben presentar trimestralmente

 

En efecto, debe recordarse que a través de la circular externa 007 de octubre de 2005 – expedida por la Superintendencia de Sociedades – se señaló que por primera vez los reportes que se hacen a tal entidad, y que tradicionalmente solo se hacían una vez al año (cuando se cerraba el año calendario), son ahora reportes que también se deben hacer trimestralmente (pero solo para las sociedades comerciales que estén, como ya dijimos, en condiciones de “vigialadas y controladas” por parte de la Superintendencia) y los plazos, según el NIT, empiezan a vencerse el 15 de mayo de 2006 (consulta nuestro editorial “Cuáles son las sociedades que deberán reportar Estados Financieros a la Superintendencia de Sociedades durante el 2006?”).

Las complicaciones para las empresas “matrices”

 

La tarea será especialmente complicada para aquellas Sociedades Comerciales que funcionan como la matriz de otras sociedades (poseen directamente en ellas o a través de sus filiales una inversión superior al 50% del capital social), es necesario:

  • Que todas sus sociedades subordinadas primero procedan a elaborar sus propios reportes, ahora si la sociedad “matriz” puede preparar correctamente su información del trimestre Enero – Marzo de 2006, y
  • estar cumpliendo con la aplicación de otra circular que en el mismo año 2006 expidió la Supersociedades (circular externa 0100-006 de agosto de 2005) y que reglamenta la nueva manera de aplicar el “Método de Participación Patrimonial”  a que se refiere el inciso 5 del art.61 del dec.2649/93

 

Puntos a tener en cuenta

Debe recordarse que a quienes les corresponda hacer el reporte trimestral a la Superintendencia de Sociedades, debe hacerse:

  • En forma comparativa con los del mismo trimestre del año 2005, y
  • Acompañarlos con todos los demás documentos con los que también presentaron la información anual del año 2005:
  • Dictamen del revisor fiscal, esta vez por los Estados Financieros a Marzo de 2006
  • Certificación del representante legal y contador
  • Notas a los estados financieros del trimestre ene-mar de 2006, etc., para mayor información ver el numeral 4 de la circular 07 de oct de 2005)
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